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Si bien el acto está suspendido por un recurso de su defensa, la médica Emma Virginia Creimer está acusada de forzar conclusiones con la presunta intención de perjudicar a tres policías en un caso de impacto nacional
Emma Virginia Creimer, la perito platense citada a indagatoria / web
La perito platense Emma Virginia Creimer, que intervino en la causa por la desaparición y muerte de Facundo Astudillo Castro en la localidad de Villarino, ocurrida en abril de 2020, quedó bajo la lupa a partir del informe técnico que presentó para sostener la hipótesis de homicidio. Por ese trabajo fue citada a indagatoria, sospechada de haber falseado datos, aunque la audiencia quedó en suspenso tras una recusación presentada por su defensa. Cabe recordar que en este caso había tres policías investigados.
Según fuentes judiciales, la forense recusó al fiscal Santiago Ulpiano Martínez y al propio juez federal N° 1 de Bahía Blanca, Walter López Da Silva, quien hizo lugar al requerimiento, por lo que debió suspenderse la diligencia que estaba prevista para el viernes pasado, en la sede de la calle Alsina 317.
Los mismos voceros adelantaron que el próximo miércoles se realizará la audiencia de recusación, en la que se empezará a definir su suerte en esta incidencia.
Creimer, a su vez, solicitó que en caso de avanzar el pedido de indagatoria, el acto procesal se realice por vía telemática y no presencial, ya que cuenta con domicilio en nuestra ciudad.
En concreto, a la médica la acusan de plantar pruebas (falso testimonio) para perjudicar a tres funcionarios policiales. Astudillo Castro desapareció el 30 de abril de 2020 y su cuerpo fue encontrado el 15 de agosto de ese año en un cangrejal.
Por esa situación, Creimer había concluido que la investigación por la desaparición de Astudillo Castro fue “ineficaz, ineficiente, tardía y defectuosa”.
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En su trabajo de casi 200 fojas, la perito platense indicó que la custodia del cuerpo y la ropa de Facundo no debió estar a cargo de una fuerza policial y cuestionó la forma en que se realizó su levantamiento.
Según la experta, las conclusiones de la autopsia ignoraron el contexto descripto en la causa, como por ejemplo el hallazgo de una de las zapatillas del joven en perfecto estado al lado de sus restos esqueletizados, y de un cabello en uno de los patrulleros que coincide con el ADN de Facundo, entre otros varios elementos.
Creimer arribó entonces a diferentes conclusiones con los mismos datos, a saber: el informe de entomología sobre las especies encontradas sobre sus huesos “habilita a pensar en la posibilidad de que Castro no haya muerto en ese lugar y que sus restos hayan sido plantados”.
Sin embargo, se cree que los peritos propuestos por la querella buscaron “embarrar la cancha” para que tres policías de Villarino fueran vinculados a la desaparición del joven.
La autopsia, a cargo del reconocido Equipo Argentino de Antropología Forense, determinó que Facundo murió ahogado y que no tenía lesiones previas ni se advertía la participación de terceros en el hecho.
Creimer siempre apuntó a la hipótesis del homicidio y llegó a afirmar que el joven había sido sumergido en cal, pese a no haber visto nunca sus restos.
Por su intervención en este mismo expediente, hay un condenado. La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó días atrás la sanción a 7 años de prisión contra el instructor de perros Marcos Herrero, por haber plantado evidencia y cometido falso testimonio.
Con los votos de los jueces Juan Carlos Gemignani y Diego Barroetaveña, por mayoría, se rechazó el recurso interpuesto por la defensa de Herrero, quien había aludido que las declaraciones vertidas por su defendido no eran falsas, sino “interpretaciones técnicas basadas en su experiencia profesional”.
Sin embargo, en el resolutorio se indicó que el cúmulo probatorio “impone la conclusión de que Herrero faltó a la verdad para la cual fue convocado, que es la verdad científica, comprobable por las reglas de la ciencia y la técnica”.
“Sus postulados deben considerarse carentes de verificabilidad, imprecisos, frágiles y dogmáticos, sin que se haya podido corroborar -ni siquiera mínimamente- su contenido”, agregó el fallo.
“La conducta del imputado revela una clara voluntad de falsear la realidad, construyendo deliberadamente una narrativa basada en un supuesto método propio, que carece de todo sustento científico y no se enmarca en ningún estándar reconocido por la disciplina”, completó.
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