Tragedia en la Isla Paulino: un hombre de 47 años se arrojó a nadar y murió ahogado
Tragedia en la Isla Paulino: un hombre de 47 años se arrojó a nadar y murió ahogado
Loteos ilegales en La Plata: una nueva denuncia judicial y reiteran alertas por estafas
Alerta: en el barrio de La Plata donde una mujer terminó hospitalizada, aparecieron más escorpiones
El SMN y el SNMF incluyeron a La Plata y la Región como zona en alerta por los incendios forestales
Inmobiliario y Patente: ARBA definió el calendario de vencimientos y los descuentos vigentes
La Libertad Avanza volvió a impulsar la Boleta Única de Papel en la Provincia
El partido homenaje a Miguel Russo: Boca empata sin goles ante Millonarios
Brutal ataque en Ensenada: liberaron a la joven que intentó matar a su novio de varias puñaladas
Acerías Berisso: trabajadores escracharon a uno de los dueños en reclamo por sueldos adeudados
Cuándo y dónde se venden las entradas para el debut de Estudiantes en Copa Argentina
Sana y salva: apareció la adolescente de 14 años que era intensamente buscada en La Plata
Rompieron el silencio las víctimas de los abusos sexuales denunciados en el Senado bonaerense
"Nos casamos": Lali Espósito, Pedro Rosemblat y un anuncio que sorprendió a todos
La confesión “hot” de Cami Homs a días de ser madre con José Sosa: "Dos de siete"
Para aplaudir: el gesto que tuvo Román Gómez con Estudiantes tras su venta millonaria a Brasil
Costa Esmeralda: otro accidente grave con vehículos todoterreno en las dunas
Bastián, el chico herido en una carrera en los médanos de Pinamar, tiene una "evolución estable"
Leer todos los días: cómo fortalece la salud cognitiva y por qué no todos los textos impactan igual
Tras rechazar la oferta inicial, los gremios bonaerenses esperan una nueva convocatoria
El Banco Central hizo la mayor compra de dólares desde la salida del cepo: cayó a $ 1.480 el oficial
VIDEO.- A las trompadas en 7 y 50: siete aprehendidos e investigan si la pelea fue por un robo
VIDEO.- “Sabía que iba a pasar”: se viralizó el beso a la fuerza de Julio Iglesias a Susana Giménez
Alberto Cormillot sufrió un accidente de tránsito: ¿cómo está su salud?
Culatazos en la nuca a un joven: el Bosque, otra vez escenario de un violento asalto
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ezequiel Maltz
Abogado de la Asociación Bonaerense de Estudios Fiscales
Finalizando el año, la AFIP ha dictado la RG N° 4884 (BO del 21/12/20), vigente a la fecha. Dicha norma deviene sumamente importante ya que expresamente afecta todos los procedimientos tributarios nacionales, al derogar el plazo de gracia para estos.
Los plazos dentro del procedimiento administrativo resultan fundamentales, ya que más allá del principio de informalismo a favor del contribuyente administrado, la presentación de un recurso administrativo fuera de término hace perder el derecho a continuar con la discusión en la justicia.
Dentro del ámbito judicial y de la administración pública, desde antaño se cuenta con el denominado plazo de gracia, que no es más que la posibilidad de tener por presentado en término el escrito de la parte las primeras horas del día siguiente al del vencimiento, para que la misma no pierda su derecho.
El CPCCBA, establece que el escrito no presentado dentro del horario judicial del día en que venciere un plazo, sólo podrá ser entregado válidamente el día hábil inmediato y dentro de las cuatro primeras horas del despacho. Según el CPCCN, el escrito no presentado dentro del horario judicial del día en que venciere un plazo sólo podrá ser entregado válidamente en la secretaría que corresponda, el día hábil inmediato y dentro de las dos primeras horas del despacho. De manera semejante lo establecen la mayoría de las legislaciones procesales. Es de fundamental importancia como adelantáramos, cumplir con los actos dentro de un plazo determinado a los fines de que sean válidos.
En nuestro país, el plazo de gracia se encuentra presente y resulta aplicable a los procesos judiciales, donde el informalismo rige en menor medida que en los procedimientos administrativos. Por ello la jurisprudencia consideró también aplicable el plazo de gracia a los procedimientos administrativos.
LE PUEDE INTERESAR
Proponen más vínculos comerciales bilaterales
LE PUEDE INTERESAR
Indicadores
El Decreto Reglamentario de la Ley de Procedimiento Administrativo Nacional en su art. 25 expone también que el escrito no presentado dentro del horario administrativo del día en que venciere el plazo, solo podrá ser entregado válidamente, en la oficina que corresponda, el día hábil inmediato y dentro de las dos primeras horas del horario de atención de dicha oficina.
La propia AFIP había establecido expresamente en esta línea mediante su RG N° 2452 que el plazo de gracia era aplicable al procedimiento tributario.
Si bien el origen del plazo de gracia tuvo en miras la limitación del horario de atención en las oficinas judiciales o administrativas, que lógicamente no trabajan hasta finalizadas las 24 hs. del día del vencimiento, tiene una indudable naturaleza pro actione.
Ahora bien, en los últimos años y a través de los avances tecnológicos se han ido sustituyendo las presentaciones físicas por las electrónicas, tanto a nivel judicial como administrativo. Ello permite efectuar una presentación a cualquier hora del día sin depender del horario de la oficina.
Si bien los beneficios y la celeridad del sistema electrónico son innegables y ha llegado para quedarse, cierto es que requiere mayor preparación y asesoramiento del administrado o contribuyente, y no se encuentra exento dicho sistema de cualquier error inesperado.
El sistema de presentaciones electrónicas generó que el Decreto Reglamentario de la Ley de Procedimiento Administrativo Nacional dispusiera que en los expedientes electrónicos no rija el art. 124 del CPCCN.
Recordemos que en materia de procedimiento tributario nacional contamos con la ley N° 11.683, a la cual se le aplica supletoriamente la Ley de Procedimiento Administrativo y los Códigos Procesales.
Actualmente el plazo de gracia sigue rigiendo en materia judicial, incluso para las causas digitales, sin embargo en los procedimientos administrativos electrónicos a nivel nacional por la normativa citada y ahora expresamente conforme lo expuesto por la AFIP en la RG N° 4884 no aplicaría, siendo a nuestro criterio incoherente.
Asimismo nos parece que la norma emitida por el fisco nacional no agrega ningún beneficio al sistema, por el contrario genera el inconveniente de que se llegue a vencer algún recurso o plazo procedimental, en muchos casos por problemas no imputables al contribuyente.
Manteniéndose el plazo de gracia, ante cualquier desperfecto del sistema el día del vencimiento, o imposibilidad en cierta zona como por ejemplo cortes eléctricos, problemas de internet, etc., incluso para el caso de un contribuyente particularizado, es fácilmente solucionable el día posterior ya que se considerará en término la presentación. Más aún cuando dicho beneficio se encuentra vigente y arraigado a las costumbres jurídicas desde hace muchos años.
En conclusión la RG N° 4884 es una norma que no resguarda el derecho de defensa, y a su vez no agrega ningún beneficio al sistema tributario, generando el posible vencimiento indeseado de algún plazo perentorio por causas no imputables al contribuyente.
El plazo de gracia sigue rigiendo en materia judicial, incluso para las causas digitales
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$690/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6470
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$530/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $4190
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2026 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí