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Tras el fallo de la Junta electoral bonaerense, ahora también la Fiscalía rechazó el planteo del Gobierno para volver a hacer las papeletas sin la cara de José Luis Espert
El Gobierno sigue sin poder torcer la voluntad de la Justicia para que las boletas se reimpriman sin la foto de Espert / web
A menos de dos semanas para las elecciones legislativas nacionales, la posibilidad de que La Libertad Avanza (LLA) pueda reimprimir en la provincia de Buenos Aires las boletas únicas de papel (BUP) sin la foto de José Luis Espert parece poco menos que una quimera. Ayer, el fiscal federal Ramiro González se pronunció en el mismo sentido que el juez con competencia electoral Alejo Ramos Padilla y rechazó volver a confeccionar las 15 millones de papeletas en las que, por primera vez, todas las listas con sus aspirantes a la Cámara de Diputados aparecerán en una sola hoja. Casi sin esperanzas de obtener un fallo favorable para quitar la cara de Espert de la oferta libertaria, el Gobierno está expectante a lo que pueda resolver la Cámara Nacional Electoral, que tiene la palabra final. La definición se espera para las próximas horas.
Antes de abundar, vale un racconto. En la Provincia, la flamente BUP consta de 15 nóminas, con los nombres de los cinco primeros candidatos y las imágenes del primero y el segundo. En el caso de LLA, los rostros que se ven en la boleta son los de Espert junto a Karen Reichard, mientras que, sin foto, sigue Diego Santilli en tercer lugar.
Pero la baja de Espert de la competencia electoral, en medio del escándalo que significó la denuncia e imputación en su contra por sus vínculos con el empresario acusado por narcotráfico Federico “Fred” Machado, alteró por completo la estrategia libertaria, que viene reclamando (sin suerte) por la reimpresión de las boletas para quitar la foto del renunciante diputado y que su lugar lo ocupe Santilli.
Tanto Ramos Padilla como González consideran que no hay tiempo para volver a imprimir, distribuir y llegar con las BUP a todos los centros de votación. Además de que, por tratarse de una boleta única, la reimpresión involucraría a todos los partidos y el costo de hacerlo, según el propio Gobierno, superaría los $12 mil millones.
“Aun sin contemplar el tiempo de trabajo de Secretaría Electoral para el control (donde se verifican fallas de impresión, numeración, encuadernado y corte) y la preparación previa para su entrega al Correo Argentino (escaneo, encintado, control final y preparación de bolsines), como así tampoco la posibilidad de que exista alguna contingencia, demora o necesidad de tener que volver a imprimir algunos talonarios (como ya ocurrió), no se cuenta con el tiempo necesario como para imprimir y distribuir lo que sería el nuevo instrumento de votación”, concluyó el fiscal, al rechazar la apelación de los apoderados de LLA.
“Si mis cálculos son correctos, la reimpresión de la Boleta Única Papel para el distrito traslada el conflicto o la posibilidad de confusión propia de la oferta electoral de una agrupación, al riesgo de realización conforme a la ley del acto electoral mismo”, agregó González en su dictamen.
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Además, advirtió que el 11 de octubre era la fecha límite para enviar los archivos a imprenta y que “ordenar una nueva impresión de los talonarios de boletas sería, cuanto menos, inoficioso e ineficaz aun en el marco de las previsiones de los recurrentes”.
Como antes lo había hecho Ramos Padilla, el fiscal opinó que “resulta imposible, fundamentalmente en términos fácticos, cumplir con el procedimiento legal para oficializar y distribuir nuevas boletas, sin poner en riesgo la emisión del voto ciudadano el 26 de octubre”.
Días atrás, en un fallo de 26 hojas, el juez federal Alejo Ramos Padilla; la presidenta de la Corte provincial, Hilda Kogan; y el titular de la Cámara Federal de La Plata, Jorge Di Lorenzo -que integran la Junta electoral bonaerense- rechazaron “la solicitud formulada por LLA tendiente a la reimpresión de la totalidad de las boletas únicas de papel del distrito Buenos Aires para la elección general del 26 de octubre de 2025, por resultar material, temporal y jurídicamente inviable”, como también por sus “consecuencias económicas, institucionales y operativas”. Además, indicaron que implicaría un “precedente de enorme gravedad institucional”.
La Junta dictaminó además que las boletas únicas ya impresas y controladas mantengan “plena validez y vigencia como instrumento de votación oficial”, y que sean utilizadas el 26 de octubre.
Los jueces también hicieron saber al Ministerio del Interior y al Correo Argentino que deberán continuar con el cronograma de distribución y entrega del material electoral “en las fechas y condiciones originalmente establecidas”, y notificó a todos los partidos de su decisión.
Entre los argumentos de la medida, Ramos Padilla, Kogan y Di Lorenzo valoraron que el resto de las fuerzas políticas que compiten en la elección y que comparten boleta con LLA se opusieron a la reimpresión con argumentos “de orden jurídico, presupuestario, técnico y de igualdad electoral”.
Advirtieron que “las 14.432.516 boletas únicas del distrito se encuentran en preparación para su entrega al Correo para su distribución de acuerdo con el cronograma establecido. Una nueva impresión implicaría rehacer íntegramente un proceso en un alto grado de avance, interrumpiendo las tareas de control y empaquetado actualmente en ejecución y comprometiendo el cumplimiento del calendario electoral vigente”.
Los magistrados admitieron que la medida podría ser apelada, pero que cualquier instancia judicial retrasaría los tiempos y por lo tanto haría más inviable la reimpresión.
Luego de tildar de “jurídicamente improcedente” el pedido de LLA, los jueces señalaron que “las etapas de aprobación del modelo de boleta, prueba de impresión y orden de tirada se encuentran jurídicamente clausuradas y no existe en el régimen electoral norma alguna que habilite su reapertura ante la renuncia de uno o más candidatos, una vez oficializadas las listas y aprobadas las boletas definitivas”.
“No se cuenta con el tiempo necesario para imprimir y distribuir” de nuevo, dijo el fiscal
Mientras añadieron que “la renuncia de un candidato no constituye un supuesto de fuerza mayor ni de imposibilidad jurídica sobreviniente que autorice a alterar un acto jurisdiccional firme. Admitir lo contrario supondría subordinar la seguridad del proceso electoral a contingencias políticas internas de las agrupaciones, en desmedro del principio de estabilidad de la oferta electoral y de la igualdad ante la ley”.
Entre otros fundamentos, puntualizaron que “la eventual aceptación de la solicitud planteada crearía un precedente de enorme gravedad institucional, en tanto abriría la posibilidad de que cualquier renuncia, sustitución o fallecimiento posterior a la impresión diera lugar a reclamos similares, comprometiendo en forma permanente la estabilidad del proceso electoral”.
Por otro lado, Ramos Padilla falló sobre el orden de la lista y rechazó que -como reclamó LLA- Santilli fuera primero. Los libertarios argumentaron que en la norma que regula los movimientos de los candidatos sostiene que un candidato de un género debe ser reemplazado por otro del mismo género. Pero el juez entendió que la norma era propositiva con la idea de respetar la paridad de género.
Sin embargo, la Cámara Nacional Electoral lo contradijo.
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