Expectativa por la convocatoria del gobierno provincial a los gremios a una reunión paritaria
Expectativa por la convocatoria del gobierno provincial a los gremios a una reunión paritaria
Otro avance para el distribuidor vial de la Autopista en City Bell
Venezuela: entre los presos políticos liberados hay un argentino-israelí de 72 años
Meteotsunami: el antecedente de 1954 en Mar del Plata con olas de gran magnitud
Primer refuerzo de Estudiantes: Gaich se hace la revisión y firma por una temporada
Reprograman operaciones en los hospitales públicos de la Región
Se define el Súper Cartonazo por $4.000.000 y $300.000 por línea: los números de este martes
Alertan por enjambres de abejas en un sector del Parque Saavedra: "Un peligro para los niños"
VIDEO. Bomberos en alerta por los incendios de pastizales en la zona
Diego Santilli viajó a Chaco y sumó el apoyo del gobernador Leandro Zdero
Pablo Elías, en su primer acto como intendente interino en el Bon Odori
Expectatívas: se conoce la inflación de diciembre y de todo el 2025
Suspenden a un médico del hospital San Martín por antisemitismo
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23 firmado por el presidente, Javier Milei, sufrió ayer un nuevo revés. Fue luego de que un fallo judicial suspendiera los artículos que autorizaban a los clubes deportivos a funcionar como sociedades anónimas. En tanto, el Poder Ejecutivo ya adelantó que intentará sostener la reforma y apelará.
El juez el juez federal de Mercedes Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto, hizo lugar al planteo de Alejandro Higa, dirigente de la Liga de Fútbol de Salto Asociación Civil, quien había promovido una “una acción declarativa de certeza de inconstitucionalidad contra el Estado Nacional a fin de que se decrete la inconstitucionalidad de los artículos 335 y 345 del Decreto de Necesidad y Urgencia”.cro.
El juez ordenó al Gobierno que se abstenga de aplicar la norma sobre sociedades anónimas hasta que un tribunal de apelaciones se expida sobre la cuestión de fondo.
El principal cambio que dispuso el decreto en relación al deporte está relacionado con el artículo 19 bis de la Ley del Deporte (20.655). La nueva normativa permite que las entidades deportivas asuman la figura legal de Sociedades Anónimas Deportivas (SAD).
A diferencia de las asociaciones civiles sin fines de lucro, las SAD operan con fines de lucro, es decir buscan beneficios individuales y ganancias.
En la actualidad, las organizaciones rectoras del deporte en nuestro país -como es el caso de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA)- prohiben la afiliación y participación en los torneos de un club que sea una SAD. Dicho de otro modo, para que un club pueda ser admitido dentro de la AFA debe organizarse jurídicamente como asociación civil. El DNU cambia 2 puntos importantes con respecto a esto.
LE PUEDE INTERESAR
Bajaron los dólares libres y el blue quedó en $1.215
LE PUEDE INTERESAR
Hacen lugar a un amparo de las agencias de turismo
El DNU cambia 2 puntos importantes con respecto a esto. La primera disponía que “no podía impedirse, dificultarse, privarse o menoscabarse cualquier derecho a una organización deportiva, incluyendo su derecho de afiliación a una confederación, federación, asociación, liga o unión, con fundamento en su forma jurídica, si la misma está reconocida en esta ley y normas complementarias”.
La segunda establecía un plazo de un año para que las asociaciones, federaciones y confederaciones deportivas modifiquen sus estatutos a efectos de permitir la participación de sociedades anónimas.
Las Sociedades Anónimas Deportivas se aplican en la actualidad en las ligas de fútbol de Uruguay y Brasil.
En el caso de Uruguay no se han adherido los clubes más importantes, como Peñarol y Nacional. Pero sí están Rácing de Montevideo (que jugó hace poco un amistoso en La Plata con Estudiantes), Rentistas, Boston River y Montevideo City Torque entre otros. En Uruguay la ley se votó en el año 2001.
Con respecto a Brasil, figura Bragantino (que jugó con Estudiantes en la Copa Libertadores) Cruzeiro, Botafogo, y Vasco da Gama. En Brasil se votó en el año 2021.
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$690/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6470
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$530/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $4190
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2026 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí