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En un fallo que causó repudio, agravó la condena a una mujer por su condición de extranjera. Fue en una causa por venta de drogas
Juan José Ruiz, el magistrado que afronta un jury en la plata / archivo
Un jurado de enjuiciamiento comenzó a juzgar ayer en La Plata al magistrado Juan José Ruiz, acusado de haber emitido un fallo “discriminatorio”, al condenar a una mujer trans a cinco años de prisión en una causa de drogas, tomando como agravante su condición de extranjera.
Ruiz, quien se encuentra suspendido en el cargo que ocupaba en el Tribunal Oral Criminal I de nuestra ciudad, habló en la primera audiencia del jury en su contra y ratificó que en su fallo realizó una valoración prevista por las normas jurídicas penales, precisó una fuente judicial.
Igualmente, hizo un ofrecimiento público de reparación moral: “Si alguien se sintió ofendido, pido disculpas”.
El jurado de enjuiciamiento, que encabeza Hilda Kogan, presidenta de la Suprema Corte de Justicia bonaerense, inició la audiencia de debate y escuchó a los testigos de la acusación, previéndose que hoy declaren los ofrecidos por la defensa.
El resto del jurado lo integran los legisladores Fernando Compagnoni, Emiliano Balbín, Walter Caruso, Daniel Lipovetzky y Carlos Moreno y los abogados María Rosa Ávila, Ricardo Morello, Daniel Baraglia y Fabián González.
El debate se desarrolla en la sede que la Cámara de Senadores tiene en la esquina de 7 y 49.
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El hecho por el que es juzgado Ruiz ocurrió en 2014, tras la detención en abril de ese año de Claudia Córdova Guerra, mujer trans de nacionalidad peruana, por el delito de tenencia de estupefacientes para su comercialización, en las calles 4 y 64, en plena zona roja.
El entonces magistrado del Tribunal en lo Criminal 1 condenó a Córdova Guerra a 5 años y 3 meses de prisión, y contempló como agravante que se trataba de una extranjera.
Ruiz consideró que la capacidad que tiene el Estado de sancionar a los extranjeros que delinquen no es una “violación a los principios de igualdad ante la ley y de no discriminación entre otros” sino “una medida excepcional”, avalada por la Constitución “y los tratados internacionales que la integran”.
Señaló que si bien es cierto que “existe el principio de igualdad ante la ley, esto no es tan cierto ni tan absoluto como parece”, y citó como ejemplo el artículo 21 de la Constitución, que impone a los argentinos la obligación de armarse en defensa de la Patria, lo que no rige para los ciudadanos por naturalización, quienes son libres de prestar o no ese servicio.
Tras el fallo, organizaciones de travestis, transexuales y transgéneros repudiaron el fallo por considerarlo “xenófobo y discriminador”.
Cabe destacar que la mujer trans, tras cumplir la condena, recuperó la libertad, pero al tiempo reincidió y volvió a quedar detenida por los mismos delitos.
Fuentes vinculadas al proceso mencionaron también que, al término de la declaración de los testigos, está previsto el alegato de las partes.
La acusación está en manos de la fiscal Patricia Ochoa y la defensa a cargo de los abogados Flavio Gliemmo y Brian Álvarez, que fundarían su postura en el análisis de la Constitución Nacionales y pactos internacionales y en que, más allá de cualquier controversia, los jueces no pueden ser juzgados por el contenido de sus sentencias.
Cabe destacar que, de no ser encontrado culpable y, por consiguiente, destituido, Ruiz podrá volver a ejercer plenamente sus funciones.
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