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En el impuesto al salario, a los que cobren menos de $150 mil la devolución será en 5 meses consecutivos. Y dieron detalles para los que pasan desde el régimen simplificado al general
archivo
El Gobierno nacional reglamentó ayer la modificación del Impuesto a las Ganancias y en el Monotributo, tras una larga demora desde su aprobación en el Congreso.
A través de dos Decreto de Necesidad y Urgencia que cuenta con las firmas de Alberto Fernández, Martín Guzmán y Santiago Cafiero, se avanzó en la reglamentación, pero aún resta que la AFIP de a conocer las respectivas resoluciones generales.
Si bien la ley de Ganancias ya está vigente y es retroactiva al 1° de enero, en la reglamentación se define cómo se les devolverán los aportes retenidos desde enero a los trabajadores que cobren menos de $150.000. La devolución será en 5 cuotas y desde julio.
Esto equivale a un esfuerzo fiscal de más de $40.000 millones, indicaron fuentes oficiales.
La nueva ley de Ganancias fija un piso de $150.000 brutos por mes para pagar el impuesto este año. De ese modo, 1,2 millón de trabajadores en relación de dependencia dejarán de pagar, al igual que los jubilados que ganan menos del equivalente a 8 jubilaciones mínimas, según Iprofesional.
Cuando la ley se aprobó, se esperaba que los beneficios se sintieran en los sueldos de abril que se pagaron en mayo, pero los contadores y tributaristas advirtieron que si la reglamentación no salía antes del 24 de este mes, las empresas no harían a tiempo para incluirla tampoco en la liquidación salarial que llegará a los bolsillos en junio.
En el caso de Ganancias, establece que serán los trabajadores que cobren entre $ 150.000 y $ 173.000 brutos mensuales los que comiencen a pagar el gravamen.
Hasta ahora, los que pagaban el tributo eran los empleados en relación de dependencia solteros sin hijos, con un sueldo promedio neto mensual de $ 74.810 y los casados con dos hijos menores que cobran a partir de $ 98.963.
Al respecto, la AFIP informó los cambios a los que estará sujeto el Monotributo, con los que cambiarán a los contribuyentes que serán excluidos del Régimen Simplificado (monotributo) y pasarán al Régimen General (autónomos) con algunos beneficios fiscales temporales.
El organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont presentó esto como una “mejora” para los contribuyentes, aunque pasar de un régimen a otro significa un compromiso fiscal más importante y más caro, según explicaron contadores a este diario.
Este cambio “genera un ‘puente’ entre monotributo y autónomos”, a la vez que “ofrece beneficios fiscales por tres años para quienes deciden pasar voluntariamente al régimen general”, entre ellos, la reducción proporcional del IVA y de Ganancias, según Infobae.
La AFIP apuntó que esta medida “resuelve el problema transitorio de actualización de las escalas del monotributo durante 2021, como consecuencia de la suspensión del índice de movilidad previsional”, y con ese objetivo, el ente recaudador realizará la “recategorización de oficio de todos los monotributistas” para ubicarlos en la escala que corresponda a cada uno.
A modo de ejemplo, la AFIP refirió que un monotributista que presta servicios y se encuentra registrado en la categoría H. Si durante el 2020 superó el límite de facturación en un 20 por ciento quedaría excluido del monotributo. Pero como no superó el tope de 25 por ciento establecido en la ley tiene la opción de permanecer en el monotributista.
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