Tras rechazar la oferta inicial, los gremios bonaerenses esperan una nueva convocatoria
Tras rechazar la oferta inicial, los gremios bonaerenses esperan una nueva convocatoria
El Lobo se mide con Lanús a puertas cerradas en Estancia Chica
Demoras en el Tren Roca con el servicio que une La Plata y Constitución
Cuota alimentaria: un fallo sienta un precedente y redefine el cálculo
Vaticinan que Griselda Siciliani elegirá a otro hombre para olvidarse de Luciano Castro
En Tailandia, una grúa cayó sobre un tren y dejó al menos 30 muertos y 67 heridos
Ingresaban de contrabando autos de alta gama y luego se los alquilaban a artistas
La AFA negó irregularidades y aludió a “presiones” del Gobierno
VIDEO. Una esquina de La Plata invadida por roedores enormes: ¿De qué se tratan?
Una lectora ganó el Súper Cartonazo de EL DIA con un pozo de $4.000.000
Los actos médicos no debieran postergarse bajo ningún motivo
Quién es Valeria, la mujer de los supuestos audios polémicos de Luciano Castro, los detalles
Reforma laboral: la movida de la CGT para no perder su partido
Los ejes del discurso que prepara Milei para el Foro Económico de Davos
Renuevan advertencia por las infracciones al circular sin patente
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Las obras sociales y empresas de medicina prepaga deberán "asegurar la provisión de medicamentos para el tratamiento de enfermedades crónicas", incluso entregando más medicación, a la vez que "implementar y fomentar" plataformas de teleasistencia y/o teleconsulta para todos sus afiliados, de acuerdo a dos resoluciones de la Superintendencia de Servicios de Salud publicadas hoy en el Boletín Oficial.
La referida a la medicación para pacientes crónicos, la resolución 281/2020, estableció que "deberán adoptar las medidas pertinentes para asegurar la provisión de medicamentos para el tratamiento de enfermedades crónicas a su población beneficiaria, procurando que la entrega supere los periodos habituales".
Con este fin, "se entenderán prorrogadas de pleno derecho todas aquellas prescripciones de medicamentos de uso crónico, por el plazo que dure el aislamiento social preventivo y obligatorio dispuesto por el Decreto Nº 297/20 y sus prórrogas si las hubiere, y hasta TREINTA (30) días posteriores a su finalización".
En la resolución se aclara que esta medida aplica sobre pacientes que "no tengan prescriptas modificaciones a su esquema terapéutico, entendiendo por ello a cualquier cambio de ingrediente farmacéutico activo, dosis, posología y/o vía de administración".
Además, se autorizó a los Agentes del Seguro de Salud a brindar medicamentos para el tratamiento de enfermedades crónicas a través del Sistema Único de Reintegro (SUR), y a presentar las solicitudes con copia de la última receta emitida por el profesional tratante.
En tanto, la resolución 282/2020 estableció que las obras sociales y prepagas "deberán implementar y fomentar el uso de plataformas de teleasistencia y/o teleconsulta, a fin de garantizar las prestaciones de demanda esencial".
LE PUEDE INTERESAR
EE UU: las muertes por Covid19 superan las 5.000 y Trump sigue sin decretar la cuarentena
LE PUEDE INTERESAR
Colegios privados: "Estamos elaborando una serie de medidas", dijo Trotta
En ese contexto, la resolución recordó que se pueden prescribir medicamentos a través de otros dispositivos que no sea el papel (en formato de mensaje de texto o mensajes a través de aplicaciones de mensajería vía web, mail o fax), de acuerdo a la resolución 696/2020 del ministerio de Salud publicada ayer en el Boletín Oficial.
La resolución dejó a cargo de las obras sociales y prepagas "determinar la cantidad de sesiones o consultas autorizadas bajo la modalidad prevista en la presente Resolución" y "definir los procesos utilizados en cada caso, como así también la auditoría posterior de las prestaciones brindadas".
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$690/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6470
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$530/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $4190
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2026 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí