Una audiencia clave para definir el futuro de las causas contra la AFA
Una audiencia clave para definir el futuro de las causas contra la AFA
La nafta como un bien de lujo: quién captura el beneficio y quién paga el costo
Energía renovable: una oportunidad que no parece tan cercana en la Región
Numerosos usuarios a oscuras en la Ciudad en medio del temporal
Tras los faltazos del oficialismo, se elige al nuevo decano de Medicina
Violencia en el ámbito sanitario: el modelo de FEMEBA que se proyecta en Iberoamérica
Los cambios y extensión de recorridos de los micros serán por etapas
Colapinto: en el laberinto del reglamento, que encendió todas las alarmas
Emergencia vial en la Región: otra muerte en moto y cifras que alarman
Otra denuncia por abuso reaviva el miedo a metros del Parque Pereyra
De un robo armado a un allanamiento con cocaína y municiones en Berisso
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Qué condiciones y garantías proponen las distintas iniciativas presentadas en el Congreso para regular la eutanasia activa y el suicidio asistido en nuestro país
La eutanasia activa y el suicidio asistido no constituyen hoy opciones legales en Argentina
La posibilidad que la eutanasia sea una opción legal en Argentina se instala cada tanto en la agenda nacional. Así ha vuelto a hacerlo de hecho en estos últimos días a partir de un caso que repercutió a nivel mundial: el de Noelia Castillo Ramos, una joven española a la que le fue concedido el derecho de tener una muerte asistida tras un duro tormento físico y emocional.
Existen en el Congreso de la Nación cinco proyectos que buscan ir más allá de la actual Ley de Muerte Digna (26.742) legalizando la eutanasia activa y el suicidio asistido no sólo ante enfermedades graves e incurables, sino también en situaciones de dolores insoportables o enfermedades mentales que deterioren la vida cotidiana de las personas.
Y es que la normativa vigente hasta hoy, la llamada Ley de Muerte Digna, sancionada en 2012 para garantizar el derecho a morir “sin sufrimiento desmesurado” sólo le permite a los pacientes mayores de edad rechazar tratamientos médicos, de hidratación o alimentación que prolonguen su vida. Se trata técnicamente de una eutanasia pasiva; su forma activa continúa siendo penalizada con hasta 6 años de prisión por nuestro Código Penal.
Además del proyecto Ley Alfonso, impulsado en 2024 por las legisladoras peronistas Gabriela Estévez y Carolina Gaillard, que se enfocó en la muerte voluntaria médicamente asistida, y la iniciativa denominada Ley de Buena Muerte, presentada por los radicales Alfredo Cornejo, Jimena Latorre y Alejandro Cacace, existen otros tres proyectos que aún tienen estado parlamentario como es el de la exsenadora Silvina García Larraburu y los textos de los diputados Miguel Ángel Pichetto y Martín Ardohain.
La Regulación de la Eutanasia y el Suicidio Medicamente Asistido “ya rige en varios países del mundo” y la Argentina “no puede permanecer al margen” porque “tiene que ver con la dignidad” de las personas, sostiene, García Larraburu, autora del proyecto denominado así.
Su iniciativa, presentada en noviembre del año pasado, tiene como objetivo principal que toda persona tenga el derecho de “solicitar y recibir asistencia médica para poner fin a su vida” de manera “digna, voluntaria e informada” y conocer las condiciones establecidas.
LE PUEDE INTERESAR
Cuando el pronóstico dice 20% y termina lloviendo: la explicación
LE PUEDE INTERESAR
Un temporal feroz azotó parte de Córdoba
Para ello propone que “no será punible ni civil ni penalmente” el profesional de la salud “que actúe conforme a los procedimientos y requisitos” previstos en en el proyecto, y establece que el solicitante “podrá revocar su decisión en cualquier momento del proceso” sin ningún tipo de motivo mediante el medio que muestre “inequívocamente su voluntad”.
Hasta hoy rige en el país la “Ley de Muerte Digna”, que sólo permite una eutanasia pasiva
Respecto a los menores de edad, la misma iniciativa plantea que sus padres o tutores legales podrían solicitar la eutanasia mediante un pedido formal “con intervención de la Defensoría de Menores e incapaces”, al igual que los incapaces declarados por sentencia judicial que, además, necesitarán la “intervención del juez competente”.
“El derecho a una muerte digna no impone obligaciones a nadie: simplemente garantiza que la voluntad libre y consciente del paciente sea respetada, bajo un marco médico y jurídico seguro, transparente y humano. Mi compromiso es abrir este debate con seriedad, sin prejuicios, y poniendo en el centro a quienes sufren y a sus familias. Ojalá se dé el tratamiento de este proyecto”, afirma la exsenadora
Otro de los proyectos que mantienen estado parlamentario es el presentado en 2024 por el diputado nacional Miguel Ángel Pichetto para resguardar el derecho de toda persona a “solicitar y recibir la asistencia necesaria para terminar con la propia vida” y morir “dignamente”.
Esta iniciativa, a diferencia de las otras, reconoce que “la decisión sobre la propia vida” pertenece a la “esfera de la libertad individual”.
“La calidad de vida es una valoración personalísima: lo que para uno puede ser tolerable, para otro puede no serlo. Por eso, el Estado no está para imponer una moral única, sino para reconocer esa libertad y garantizar que cada persona, en pleno uso de sus facultades, pueda decidir sin coerción y con información suficiente”, explica el legislador.
El proyecto de Pichetto sostiene que la eutanasia activa se podrá llevar a cabo mediante la “administración directa de una sustancia” o “de los medios necesarios” por parte del médico responsable. Sin embargo, también, se podrá dar “indirectamente”, a través de un suministro indicado por el personal de salud al paciente “para su autoadministración”.
En cuanto a los menores de edad e incapaces de derecho, la iniciativa sostiene que las personas entre 16 y 18 años “tienen plena capacidad” por sí mismos para “prestar su consentimiento”, pero, aclara que el médico responsable “valorará la intervención de los padres o de quien ejerza la tutela del menor” en dicho proceso.
Respecto a las personas incapaces de derecho, se requerirá del “expreso acuerdo y consentimiento”, tanto de quien ejerza su curatela como del juez interviniente en el caso.
En referencia a las personas menores de 16 años que pretendan acceder al uso de esta posible ley, sólo se podrá aplicar en aquellos casos que se encuentre “en la fase final de una enfermedad terminal o esté experimentando sufrimiento extremo” al momento de solicitar la eutanasia.
“Lo que corresponde es establecer un marco legal claro, con controles y responsabilidades, que resguarde esa decisión y evite abusos”, aclara Pichetto.
“Eutanasia y la Asistencia Médica para Morir” es como se conoce la iniciativa presentada por el diputado nacional Martín Ardohain para “garantizar el derecho” de toda persona a “transitar con dignidad el proceso de morir”.
“El fin de este proyecto es asegurar la libertad de decisión, la dignidad, la ausencia de presiones de cualquier índole, la claridad e igualdad en los procedimientos y la seguridad jurídica. Asimismo, se reconoce el derecho de cada individuo a decidir sobre su propio destino y a evitar sufrimientos que considere insoportables según su percepción personal”, sostiene el texto.
Con este proyecto, la persona que solicite asistencia para morir deberá presentar “una petición voluntaria, libre, expresa e informada”, en la que se manifieste de forma clara y por escrito “su decisión de acceder al procedimiento”, con fecha, nombre y apellido, edad, domicilio, diagnóstico y estado actual de salud.
Esa solicitud sería “evaluada por equipo interdisciplinario”, que analizará “la procedencia del pedido y verificará el cumplimiento de los requisitos legales, éticos y clínicos”. Una vez finalizado el examen, la persona “deberá reafirmar su voluntad libre e inequívoca” previo a la aplicación del procedimiento.
Para los menores de 16 años, al igual que en los dos proyectos anteriores, se podrá solicitar con la autorización de los padres o tutores legales, pero también deberá existir “una evaluación médica y psicológica” que confirme que “el niño comprende el significado de la decisión”.
“La decisión sobre la propia vida pertenece a la esfera de la libertad individual”
Como establece este proyecto, el personal de salud que intervenga en el procedimiento administrará directamente los medios necesarios para la eutanasia o, en el caso de la muerte asistida, “facilitará los medios para que el propio paciente” lo lleve adelante.
Si el paciente, en algún momento del procedimiento, manifestara la voluntad contraria, es decir, dar marcha atrás, “será siempre revocable” y se producirá “el cese inmediato”, junto con la cancelación “definitiva de todas las actuaciones en curso relacionadas con la solicitud”.
La iniciativa de Ardohain incluye un artículo en el que consta que “será reprimido con prisión de uno a cuatro años”, cualquier persona que “instigare a otro al suicidio” o “le ayudare a cometerlo”, aun si el suicidio no se consumara.
“Espero que pronto podamos dar el paso decisivo hacia la apertura de este debate de manera respetuosa y que nuestro país pueda sumarse a la lista de naciones que han regulado y garantizado el derecho a la eutanasia, eso no solo significará una evolución legislativa, sino también una verdadera conquista democrática, solicito a mis pares acompañen la sanción del presente proyecto de Ley”, sostiene el legislador.
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$740/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6990
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$570/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $4500
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2026 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí