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Un juez federal con jurisdicción en Catamarca dictó una medida que obliga a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) a restituir las pensiones por invalidez que habían sido suspendidas en esa provincia. El fallo judicial fue emitido tras un amparo promovido por beneficiarios que denunciaron la decisión administrativa como arbitraria.
Según la resolución judicial, la suspensión de las pensiones afectó a personas con discapacidad que dependen de este derecho para cumplir con sus necesidades básicas. El juez entendió que la medida de suspensión careció de debida fundamentación y violó principios constitucionales relacionados con la igualdad y la protección de las minorías. Asimismo, hizo lugar al pedido de restitución inmediata de los pagos interrumpidos.
En los fundamentos del fallo se subrayó que la ANDIS debe respetar los procedimientos estableciendo derecho a audiencia previa antes de suspender cualquier prestación, algo que no se había cumplido en los casos presentados. Además, la justicia resaltó que la suspensión sin notificación ni oportunidad de defensa vulnera garantías constitucionales y estándares de protección de derechos humanos.
Desde ANDIS aún no se pronunció públicamente sobre la medida, aunque los demandantes expresaron alivio y expectativa por el cumplimiento de la orden judicial. Varias organizaciones de discapacidad habían venido denunciando que la suspensión de pensiones generaba situaciones de extrema vulnerabilidad para los beneficiarios.
Este fallo podría sentar precedente en otros distritos donde también se hayan suspendido prestaciones similares, en situaciones donde los afectados consideren que no se les ha garantizado el debido proceso ni se han respetado derechos constitucionales.
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