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La Junta Electoral dio vía libre a las candidaturas testimoniales. En una resolución que dio a conocer ayer, consideró que no son ilegales pero reprochó el hecho de que sean utilizadas por algunos partidos políticos.
En el voto de mayoría, la Junta señaló que “es disvalioso para el sistema institucional y éticamente reprochable que una persona se postule para un cargo a sabiendas que no asumirá”. Sin embargo, añadió, “no es ilegal, por lo que no puede ser observado a priori por ello”.
El organismo se expidió a partir de un planteo que presentó la aboga y periodista Silvina Martínez, que había reclamado que se impugnaran esas candidaturas.
Como viene informando este diario, son numerosos los intendentes peronistas que irán como candidatos a concejales en sus municipios para traccionar votos, y que no van a asumir la banca que obtengan porque seguirán a cargo del Ejecutivo local.
De esta manera, tanto Mario Secco (Ensenada); Leonardo Nardini (Malvinas Argentinas); Jorge Ferraresi (Avellaneda); Pablo Zurro (Pehuajó); Fabián Cagliardi (Berisso); Juan José Mussi (Berazategui); Andrés Watson (Florencio Varela) y Fernando Espinoza (La Matanza), quedaron en condiciones de aparecer en las boletas de Fuerza Patria y ser candidatos en sus distritos donde son intendentes.
También se habilita la candidatura de la vicegobernadora Verónica Magario como cabeza de lista de diputados provinciales por la Tercera Sección electoral.
El peronismo anotó a otros intendentes como candidatos a legisladores, pero en estos casos aseguraron que sumirán la banca. Ellos son Mayra Mendoza (Quilmes), Mariano Cascallares (Almirante Brown); Diego Nanni (Exaltación de la Cruz) y Alejandro Acerbo (Daireaux).
En su pronunciamiento, el voto mayoritario de la Junta incluyó un reclamo reiterado a la Legislatura para que regule las candidaturas testimoniales. Afirmó que la falta de normativa en la materia desprotege al votante y genera una debilidad en el proceso electoral.
La decisión fue adoptada con las firmas de la presidenta Hilda Kogan, la vicepresidenta Ana María Bourimborde, y el vocal Eduardo Delbés. Por su parte, los integrantes del órgano Gustavo De Santis y Federico Thea coincidieron con la resuelto en la cuestión de fondo, aunque se abstuvieron de requerir la actuación de la Legislatura.
La Junta dijo que no surge de la legislación electoral provincial (Ley N° 5.109), ni de la Constitución Provincial, la Constitución Nacional o de los tratados internacionales que forman parte del bloque de legalidad, ningún elemento que le permita hacer lugar a las impugnaciones planteadas.
Encuadrándolo como un “daño a la integridad del sistema por omisión legislativa”, el organismo recordó que ya en el 2009 había exhortado sobre la necesidad de una intervención de los poderes del Estado; aunque “luego de 15 años, no hubo ningún tipo de regulación que proteja al elector de esta situación”.
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