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Representantes de 41 compañías deberán explicar cómo devolverán el dinero que, según determinó la Justicia, cobraron de más
Las cuotas de la medicina privada deberán ajustarse por inflación
La Justicia empieza a definir hoy cómo las prepagas deberán reintegrar a sus afiliados el dinero cobrado de más durante los primeros cuatro meses del año. Será en el marco de una audiencia de conciliación entre el gobierno nacional y las empresas de medicina privada, emplazadas por el Estado a retrotraer sus incrementos a diciembre pasado y a devolver el excedente cobrado.
A la audiencia, prevista para las 10 en el Juzgado Civil y Comercial Federal N°3, a cargo del juez Juan Rafael Stinco, deberán concurrir representantes de las 23 empresas de medicina prepaga incluidas en el amparo contra el exceso en las subas presentado por la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), más otras 18 compañías citadas por el magistrado. Se trata, en total, de 41 firmas que representan el 99 por ciento de los afiliados del país.
Tras decidir administrativamente que las empresas deberán retrotraer los aumentos, el Gobierno inició una causa judicial con el mismo reclamo. Es porque si bien los incrementos fueron suspendidos y autorizados a subir según la inflación, esa medida rige por seis meses y hasta tanto se resuelva la investigación del Ministerio de Economía por presunta cartelización de las empresas.
En su cautelar, la Superintendencia había propuesto que las prepagas realicen los reembolsos en siete cuotas iguales entre junio y diciembre. Además, pidió ampliar la demanda y la solicitud de medida cautelar contra las restantes entidades no demandadas aún, pero que se encuentran incluidas en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP).
En línea con el reclamo del Gobierno, el juez Stinco dictó a principios de mes una cautelar ordenando a las prepagas a retrotraer “el monto de los valores a las cuotas vigentes al mes de diciembre de 2023″ y a actualizar los valores “de conformidad con el Índice de Precios al Consumidor que elabora mensualmente el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos”. También dispuso que devuelvan el excedente cobrado con “un crédito a favor de cada uno de los afiliados”.
Para eso, el juez dio un plazo de cinco días a cada empresa para que presenten “un plan de acción para efectivizar la devolución dineraria”. La respuesta de las empresas no se hizo esperar y empezaron a apelar la medida con objeciones al método de devolución del dinero. Entonces, el juez decidió convocar a todas las partes a una audiencia.
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“Atento a las múltiples peticiones formuladas y las razones esgrimidas, dentro del marco de la ejecución de la medida cautelar dictada y el efecto propio de su apelación, convóquese a las partes a la audiencia que se fija en los términos del art. 36 del CPCC para el día 27 de mayo de corriente año, a las 10 horas”, resolvió Stinco el 10 de mayo, a la par que suspendió “los plazos procesales” hasta la audiencia de hoy.
El objetivo del encuentro es que las partes puedan mediar e intentar llegar a un acuerdo para superar los puntos en conflicto. La SSS, como se dijo, propuso que sea en siete cuotas.
Las estrategias de las empresas, en tanto, dependerán de la situación financiera de cada una. Pero todas deberán exponer sus propuestas sobre cómo concretarán la devolución correspondiente. Finalmente será el juez quien terminará resolviendo lo que deban acatar. La cantidad de dinero a devolver variará según la prepaga, ya que dependerá del excedente que hayan cobrado entre diciembre y abril por encima de la inflación acumulada en ese período.
Las empresas citadas a la audiencia con el juez son OSDE, Swiss Medical S.A., Medicus S.A. de Asistencia Médica y Científico, Omint S.A. de Servicios, Galeno Argentina, Medifé, Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires, Obra Social de Dirección de Sanidad Luis Pasteur, Medicina Prepaga Hominis, Medicina Esencial, Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales, UPCN, Mutual Federada 25 de junio Sociedad de Protección Recíproca, ACA Salud Cooperativa de Prestación de Servicios Médicos Asistenciales Ltda., Sancor, Prevención Salud, Sistema Integrado de Prestadores de Salud, MET Córdoba, Hospital Alemán Asociación Civil, Grupo DDM, Asociación Hospital Británico de Buenos Aires, Centro de Educación Médica e Investigaciones Clínicas y Círculo Médico de Lomas de Zamora. A estas hay que sumarles las 18 que agregó el juez: International Health Services Argentina S.A., Obra Social YPF, OPDEA, Osdepym, Fundación Médica de Mar del Plata, Ensalud, Sociedad Española de Beneficencia y Mutualidad, Cobensil, Medin S.A.S.M.A., Centro Médico Pueyrredón, Programa de Salud, Medical’s Organización de Prestaciones Médicas Privadas, Obra Social del Personal de Dirección de la Industria Privada del Petróleo, Femedica, Asistencia Sanitaria Integra, Bristol Medicine, Asociación Civil de Estudios Superiores, y Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la ciudad de Buenos Aires.
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