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La iniciativa propone limitar la disolución del matrimonio a un trámite administrativo, “más simple y menos oneroso”
Si prosperan los cambios, el divorcio podrá concretarse en el Registro Civil sin ir a los tribunales
El Gobierno nacional envió al Congreso un proyecto de ley con el que apunta a simplificar el trámite de divorcio, ofreciendo a los cónyuges la posibilidad de disolver el matrimonio por la vía administrativa y sin pasar por la Justicia. La iniciativa es impulsada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado que encabeza Federico Sturzenegger, autor además de la Ley Hojarasca (que deroga normativas obsoletas) y de otra propuesta centrada en la modernización, digitalización y desburocratización judicial.
En cuanto a la separación exprés, el texto firmado por el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el Presidente, Javier Milei, propone “implementar un divorcio simplificado, con mayor libertad y menos oneroso, permitiendo de esta manera a los cónyuges, a través del divorcio administrativo, disolver su vínculo matrimonial de mutuo acuerdo por una vía más simple, más rápida y más económica”.
Concretamente, lo que se hace es modificar el artículo 435 del Código Civil y Comercial de la Nación incluyendo el divorcio en sede administrativa como una de las causales de disolución del matrimonio. En la normativa vigente, los motivos de separación legal comprendían la muerte de uno de los cónyuges o la presunción de fallecimiento a través de una sentencia judicial y el divorcio declarado judicialmente. Ahora se busca equiparar el “divorcio en sede administrativa” con el declarado en sede judicial y para cerrar el proceso solo bastaría con “un simple trámite administrativo”, iniciado de mutuo acuerdo entre los cónyuges ante el oficial público encargado del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas.
Ya en 2015, una reforma del Código Civil permitió agilizar el proceso de divorcio, al establecer que el único requerimiento para disolver el matrimonio es la voluntad de al menos uno de los miembros de la pareja. También se eliminó la necesidad de justificar los motivos para separarse. La nueva propuesta da un paso más en ese sentido, al contemplar que la finalización del vínculo nupcial pueda hacerse de la misma forma en la que se inició, con apenas un trámite.
“Los divorcios judiciales demandan tiempo y dinero. Conlleva el gasto de sumas de dinero sustanciales por el costo del proceso y todo lo que ello implica. Además, el tiempo que insume el referido proceso implica para las partes que durante ese período de tiempo no podrán disponer de algunos de sus bienes con entera libertad”, se lee en uno de los fundamentos del proyecto que pretende otorgar “una mayor libertad a las partes para decidir cambios en su vida”, la par que apunta a “aliviar la carga sobre el sistema judicial”.
De la misma manera, el Gobierno encara una “modernización, digitalización y desburocratización de la Justicia” a través de un proyecto con el que aspira a simplificar el retiro de los fondos depositados judicialmente. En ese sentido, se apunta a que el proceso sea electrónico, menos costoso y en menos pasos. Para eso, se suprime la “extracción” presencial como modalidad de adquisición del dinero (se prioriza la transferencia) y se prevé la posibilidad de que se retiren sin previa transferencia del dinero a una sucursal del Banco Nación y sin la presentación de un “formulario de libramiento” ante el juez.
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Además, se elimina el costo de los giros de dinero, impuestos a través de una estampilla del valor del sello de la actuación judicial correspondiente.
De aprobarse esta iniciativa, los tribunales podrán elegir el banco en el que se hace el depósito judicial, siempre que sea una entidad financiera “donde el Estado Nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tenga parte del paquete accionario”.
El proyecto de modernización judicial modifica también el lugar de depósito de los bienes incautados. La ley actual define que se tienen que ingresar, según corresponda por la jurisdicción del tribunal, en el Banco Ciudad o en una sucursal del Banco Nación. Lo que se propone es que se puedan hacer en cualquiera de las entidades financieras cuyos dueños sean propiedad del Estado Nacional, de la Ciudad o las provincias. En el caso de las entidades privadas (con participación estatal a través del Fondo de Garantía de Sustentabilidad), quienes podrían acceder a recibir estos depósitos son el Banco Macro, Grupo Galicia, Patagonia, BBVA, Hipotecario y el Grupo Supervielle.
Se impulsa además eliminar la obligatoriedad de publicar los edictos judiciales en los diarios para hacerlo solo en el Boletín Oficial, que funciona digitalmente.
Como en el caso del divorcio “administrativo”, también acá lo que se busca es “aliviar la carga sobre el sistema judicial”, “dotar de mayor simplicidad a las tramitaciones judiciales para agilizar procesos”, “promover la competencia y la libertad de los depósitos judiciales” y “establecer mecanismos más eficientes con respecto a la custodia y disposición de los bienes objeto de secuestro en las causas penales”.
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