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Por la mañana, el jury lo encontró culpable de todos los cargos y le quitó los fueros. A la tarde, le pusieron las esposas
En un fallo histórico, la carrera de Martín Ordoqui como miembro del Poder Judicial bonaerense, llegó a su fin. Se trató del primer magistrado del Tribunal de Casación Penal bonaerense destituido en el cargo por un jury de enjuiciamiento.
El proceso había dado inicio ante las graves sospechas que pesaban en su contra, las cuales apuntaban a un sostenido tráfico de influencias, valiéndose para ello de la importancia de su posición y figura, con la que obtuvo réditos económicos de manera ilegal.
Ayer los integrantes del cuerpo colegiado encargado de analizar las pruebas fueron contundentes y, por unanimidad, votaron para que se le quiten los fueros.
Fue así que, por la tarde, en su domicilio de Gonnet, sobre la calle 481 entre 29 y 30, una comitiva policial le puso las esposas y se lo llevó detenido a pedido de la fiscal Betina Lacki, que fue la que investigó a la denominada megabanda -hoy en juicio- y quien lo involucró en su sórdido circuito.
Precisamente, como Ordoqui tenía inmunidad, no pudo ser arrestado como le pasó a Melazo y los demás acusados, por lo que para el ex miembro de Casación se debería realizar otro debate, con fecha a definir, para el supuesto caso de que su situación procesal no se modifique.
Hoy por la mañana, de acuerdo a voceros de tribunales, será trasladado a la sede de las fiscalías para la audiencia de indagatoria.
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Al mediodía, con la presencia de la presidenta del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios, doctora Hilda Kogan; los conjueces abogados, Juan Emilio Spinelli, Fulvio Germán Santarelli, Ricardo Arturo Fabris, Hugo Rubén Galderisi y Diego Paulo Isabella; el conjuez legislador, Daniel Andrés Lipovetzky, y las conjuezas, Nidia Alicia Moirano, Abigail Gabriela Gómez, Gabriela Demaría y María Eugenia Brizzi, por la secretaría de Ulises Giménez, se dispuso “destituir, por las causales previstas en el art. 21 incs. e, i, f y q de la ley 13.661 y modificatorias, al Juez del Tribunal de Casación Penal, doctor Martín Manuel Ordoqui (arts. 18 inc. d y 48, ley 13.661)”.

También “decretar su inhabilitación para ocupar en adelante otro cargo judicial (art. 48, primera parte, ley cit.)”, imponerle las costas, comunicar a la Suprema Corte de Justicia lo resuelto y “disponer que, a través de su Secretaría de Administración, proceda, a partir de la efectiva notificación, a cesar los pagos que se efectúan en virtud de lo dispuesto por el art. 35 de la ley 13.661”.
Para los miembros del jurado, “la estrategia de la esforzada defensa llevada a cabo doctor Alejandro Montone y -el propio Ordoqui, tuvo como norte segmentar cada uno de los elementos de cargo producidos por el doctor Conte Grand en el ejercicio de la acusación, para atacarlos en forma individual”, aunque no dio los resultados esperados.
“Con una mirada ´holista´ de las evidencias, es la que permite en forma indubitada considerar que el doctor Martín Manuel Ordoqui ha evidenciado un serio desapego a la integridad y al decoro del cargo para que fuera elegido, realizando actosde parcialidad manifiesta, y graves irregularidades”, graficó la resolución.
“Efectivamente, la perspectiva probatoria ya valorada nos revela un escenario que muestra cómo un magistrado de un superior tribunal de impugnaciones atiende reiteradamente en su despacho y hasta por fuera del horario, a una persona que representaba a un detenido cuyo caso tiene asignado para resolver. Informa el paso a paso de ese expediente. Adelanta su parecer en el punto a fallar y brinda asesoramiento técnico prohibido. Recibe múltiples obsequios y permite que su asesora también los reciba. Utiliza los recursos del estado para visitar al detenido aún luego de haber resuelto su caso, y lo hace junto con la intermediaria y su estrecha colaboradora, para quien exige la entrega ilegal de dinero”, se agregó.
“También nos muestra cómo desde su posición institucional y con claro abuso de la misma, presumiblemente favorece la situación procesal de un imputado a cambio de dinero y brinda asesoramiento o trato preferencial a abogados o terceros”, puntualizó.
Así las cosas, mencionó que “las conductas que se tuvieron por probadas y que fueran detalladas en los puntos I y II, encuadran en las faltas contempladas en el art. 21 incisos “e” (incumplimiento de los deberes inherentes al cargo), “i” (graves irregularidades en los procedimientos), “fi” (parcialidad manifiesta) y “q” (defección de la buena conducta) de la Ley 13.661 y modificatorias; las cuales llevan a determinar que Martín Manuel Ordoqui ha perdido los requisitos que la ley y la Constitución de nuestra provincia exigen para el desempeño de una función de tan alta responsabilidad (cfme. artículo 176 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires)”.
Según la acusación, el juez dictó arrestos domiciliarios para Ariel Heine (quien luego fue condenado a 14 años de prisión) y al platense Javier Ronco, acusado de un doble homicidio en La Plata y de ser integrante de una megabanda criminal que contaba con protección policial y judicial.
Cabe recordar que su secretaría, María Eugenia Mercado, también fue detenida en el marco de estas maniobras y en la actualidad permanece con arresto domiciliario, que cumple lejos de La Plata.
Antes de convertirse en juez, Ordoqui había sido abogado de la Municipalidad de Quilmes y representó al actual ministro de Seguridad de la Nación, Aníbal Fernández, en algunas causas penales.
Martín Ordoqui, ex juez de casación, fue destituido y detenido / EL DIA
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