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Nuevas medidas para paliar los efectos del COVID-19. La deuda acumulada hasta el 30 de septiembre podrá dividirse en hasta seis pagos
De acá hasta el 30 de septiembre se suspenderán los desalojos por falta de pago y los aumentos en los precios de los alquileres, cuyos contratos se prorrogarán por los próximos 180 días. También -durante el mismo lapso- se congelará “la cuota mensual de los créditos hipotecarios que recaigan sobre inmuebles destinados a vivienda única”. Y la de “los créditos prendarios actualizados por Unidad de Valor Adquisitivo (UVA)”.
A través de dos decretos de Necesidad y Urgencia (DNU), el 319/2020 -hipotecas- y el 320/2020 -alquileres-, el Gobierno nacional oficializó ayer su decisión de mantener los montos de los alquileres y créditos hipotecarios en los valores de marzo. Son medidas que se inscriben dentro del paquete económico tendiente a paliar el impacto recesivo en que podría redundar el aislamiento obligatorio dispuesto para frenar la expansión del coronavirus.
La letra chica de los DNU establece que las deudas por diferencia de precio, es decir, aquel monto que debería haberse pagado a partir de abril y que se “freezará” por seis meses, deberá abonarse con el vencimiento de octubre -y junto con la cuota correspondiente a ese mes-. Podrá hacerse en al menos tres cuotas (o un máximo de seis, para el caso de los inquilinos), sin intereses de ningún tipo.
Tanto para hipotecas como alquileres, los decretos abren la posibilidad de que las partes pacten “una forma de pago distinta que no podrá ser más gravosa para la parte deudora” que la establecida en el decreto. Pues, si el inquilino lo prefiere puede pagar los montos previamente acordados con el propietario.
A modo de ejemplo, si por el valor de un alquiler en un inmueble del centro platense, que hoy ronda los 18.000 pesos, se debía pagar desde el mes próximo 23.400 pesos (contemplando un aumento del 30 por ciento), lo que se “prorrateará” en octubre será la diferencia acumulada hasta entonces. Esto es, 5.400 pesos multiplicado por seis: 32.400 pesos.
Ambos decretos disponen también que las deudas que se produzcan por falta de pago se pagarán a partir de octubre en tres cuotas, con intereses compensatorios, pero sin penalidades.
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En la Asociación Platense de Inquilinos (API), su presidente, Germán Schierff, observa “con muy buenos ojos” las medidas tomadas “que dan una respuesta a muchísima gente a la que se le vencían los contratos este mes”. Del DNU destaca, principalmente, “la extensión de los contratos con las mismas condiciones, el impulso de los sistemas de mediación obligatoria previa al proceso judicial y la bancarización (posibilitando transferencias o depósitos por cajero automático, extremadamente necesarios en tiempos de cuarentena)”. No obstante, en la API advierten que “patear” los incrementos para adelante puede volver como un bumerang sobre los inquilinos, “con fuertes aumentos en los precios”, por lo que, anticipa, “habrá que rediscutir si no será necesaria una condonación de la deuda que se acumule”.
“Estoy seguro de que cuando llegue octubre y la gente tenga que empezar a pagar todo el aumento junto va a ser un problema, porque muchos no lo van a poder abonar”, avisa Schierff, quien, sin embargo, evalúa que el decreto llega “en un momento adecuado y necesario”.
Del lado de los propietarios, que el año pasado asistieron a una de las mayores crisis inmobiliarias que se recuerden, se resignan ya a vivir un 2020 igual o peor. A los estragos atávicos de la coyuntura económica se le agrega ahora una emergencia sanitaria con final y consecuencias inciertas. Reciben entonces las medidas como “entendibles” y dispuestos a “poner el hombro” en una hora que demanda solidaridad de todas las partes. “En este contexto, no tiene sentido aumentar las cuotas, sobre todo a inquilinos de clase media o media baja que vienen con una inercia de menos ingresos”, admite un referente del sector en la Región.
De esas dificultades se hacen eco las medidas gubernamentales que, a su vez, toman como modelos decretos aplicados en países como España, Estados Unidos, Italia, Francia y Canadá, también afectados por el COVID-19.
Los DNU reconocen que durante el tiempo que dure el aislamiento social, preventivo y obligatorio la actividad ecónomica se verá fuertemente afectada, tornando “de muy difícil cumplimiento, para una importante cantidad de locatarios y locatarias, hacer frente a sus obligaciones en los términos estipulados en los contratos, redactados para una situación muy distinta a la actual, en la que la epidemia producida por el coronavirus ha modificado la cotidianeidad, los ingresos y las previsiones de los y las habitantes del país”.
En este sentido, entre los considerados de las normativas se ratifica “el resguardo jurídico del derecho a la vivienda” y la necesidad de llevar “alivio y tranquilidad a las familias [...] en un contexto de gran incertidumbre como el generado por la pandemia”.
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