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Carlos Beraldi
El Consejo Consultivo para el Fortalecimiento del Poder Judicial y del Ministerio Público recomendó la sanción de una ley para implementar el juicio por jurado en todo el país, a la vez que ofreció una serie de alternativas acerca de la modalidad con que debería instaurarse el sistema.
La mayoría de los once consejeros que integraron el cuerpo convocado por el Gobierno nacional, entre el abogado de la vicepresidenta Cristina Kirchner Carlos Beraldi, avaló la “implementación por ley del juicio por jurado en el orden federal”, aunque mostró discrepancias sobre aspectos como la obligatoriedad del procedimiento, el tipo de integración y de delitos en que debería ser utilizado.
Según el informe de 1.000 páginas con recomendaciones que será elevado en breve al Poder Ejecutivo, un grupo de los expertos postuló que el sistema debería ser obligatorio, mientras que otro consideró que se trata de un derecho del acusado y por lo tanto se podría renunciar a él.
A su vez, una tercera postura señaló que “el juicio por jurados no es un derecho del acusado, de modo que no es en sí mismo renunciable. Sin embargo, en caso de acuerdo entre el acusado y el fiscal, previo escuchar a la víctima, podrá llevarse a cabo, en lugar del juicio por jurado, un juicio abreviado o un juicio técnico común”.
Otro aspecto que generó distintas alternativas es la conformación del jurado: para algunos debería tener 12 integrantes y asegurarse tanto la paridad de género como la “integración plural”, exigiendo que “al menos la mitad del jurado pertenezca al entorno social y cultural del imputado”.
Los especialistas también recomendaron que la edad de los miembros del jurado debería ser “entre veintiuno (21) y setenta y cinco (75) años” y que “el requisito mínimo para formar parte del jurado debería ser solo la capacidad de leer y escribir y ser legos en derecho”.
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Incluso los expertos postularon que se incorporen a los planes de estudio “contenidos básicos sobre juicio por jurados” y que los designados para cumplir esa tarea perciban “una compensación económica”.
Sobre la recusación a miembros del jurado, el informe indica que podría realizarse “de manera ilimitada” cuando existan causas, y hasta en cuatro ocasiones por cada parte, sin necesidad de motivos fundados.
El Consejo Consultivo también se expidió sobre el quinto y último punto que figuraba en el decreto 635 de convocatoria del organismo, que era la transferencia de competencias en materia penal no federal desde el ámbito nacional a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).
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