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De acuerdo al proyecto, los letrados que incurran en maniobras dilatorias o fraudes podrán ser sancionados por los jueces
José Maldonado
jmaldonado@eldia.com
Los abogados que actúen en procesos en el Fuero Civil y Comercial o de Familia con “mala fe” podrán ser sancionados con multas, con el apartamiento de la causa o con eventuales suspensiones a disponer por los colegios profesionales.
Así lo contempla el proyecto de reforma de reforma integral del Código Procesal en lo Civil y Comercial y de Familia que el gobierno de María Eugenia Vidal enviará a la Legislatura en los próximos días, según pudo saber EL DIA. La iniciativa apunta a actualizar la normativa, para ponerla en línea con el nuevo Código Civil vigente desde 2015 y a agilizar y modernizar los procedimientos en el fuero.
En uno de los capítulos que promete generar debate y polémica; el proyecto avanza sobre el deber de buena fe procesal para intentar cambiar el paradigma actual, en la que la conducta de los abogados raramente recibe sanciones.
“El proceso debe ser considerado como un trabajo común cuyo resultado, la efectividad de las normas sustanciales en base a la determinación verdadera de los hechos, exige la máxima colaboración de todas las partes y sus letrados”, dice el proyecto que fue redactado en el ministerio de Justicia.
De acuerdo al proyecto, los abogados que incurran en maniobras dilatorias, en fraudes o abusos procesales podrán ser sancionados con multa por el juez. La medida, de sancionarse la iniciativa, regirá para los procesos en el fuero Civil y Comercial pero también en el de Familia.
“Prevé que haya sanciones de multas, por ejemplo, para los casos en los cuales el abogado niega sin ninguna lógica hechos que son evidentes en el expediente. Hay abogados que contestan demandas de un hecho que está perfectamente probado y constatado en la propia demanda. Lo hacen para ganar tiempo o directamente como ´chicanas´ procesales”, explican quienes trabajaron en la redacción del proyecto.
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Entre los especialistas que debatieron la reforma del Código de Procedimiento Civil y Comercial y de Familia hubo un amplio consenso en la idea de que había que cambiar el paradigma en cuanto a la posible sanción de abogados que actúen de mala fe. “La discusión fue cómo hacerlo sin afectar la garantía de defensa en juicio”, explicaron.
En la misma sintonía, el proyecto elimina del sistema la “recusación sin causa”, una maniobra que ya desapareció del fuero penal y que es considerada por el Ejecutivo como una estrategia legal para dilatar la marcha de la Justicia.
La iniciativa, elaborada como anteproyecto por una comisión especial de legisladores que entregó sus conclusiones en octubre pasado, plantea una serie de modificaciones troncales al actual código, cuyo cuerpo principal data de 1968.
Los cambios buscan adecuar el procedimiento provincial a las modificaciones efectuadas al Código Civil y Comercial de la Nación, en vigencia desde agosto de 2015. Desde entonces a esta parte, en la Provincia muchos procedimientos resultaban obsoletos porque no remitían a una ley vigente.
Entre los cambios más importantes se destacan la obligación de digitalizar el proceso, el establecimiento de instancias orales con la presencia del juez y de procesos orales para causas menores.
También se establecerán sorteos electrónicos para las causas, la obligación de publicitar las sentencias y la ampliación del sistema de apelaciones, entre otros aspectos.
Se apunta “al deber de buena fe, porque la conducta de los abogados raramente recibe sanciones”
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