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El patrimonio urbano sufre ataques de diversa magnitud en cada jornada y se deprecia ante el avance de los agresores
en 46, 3 y diagonal 80 un macetero fue destruido/ demián alday
El vandalismo no da tregua. Lejos de dar un respiro, avanza con fuerza inusitada e incomprensible. Una muestra es el destrozo que realizaron con lo que quedaba del descanso peatonal en 3, 46 y diagonal 80, donde el único macetero que estaba en el lugar fue destruido en las últimas horas y quitaron todos los postes amarillos que estaban en el perímetro.
Este fin de semana se pudo observar cómo quedó destruido ese hito urbano que se multiplica en diferentes diagonales y avenidas de la Ciudad, para darle al peatón un espacio más seguro y confortable a la hora de cruzar la calle.
A pocos metros, sobre 46 entre 3 y 4, de la mano de los números pares, destruyeron los afiches que estaban pegados en la pared y dejaron una montaña de mugre que le da al sector una preocupante postal de abandono.
El vandalismo está haciendo estragos en el centro platense. Casi no queda local sin ser dañados por grafitis y hay vidrieras marcadas con punzantes marcas.
El valor patrimonial de la Ciudad se deprecia con las veredas destruidas y los espacios públicos pierden su encanto por el daño sistemático que llevan a cabo manos anónimas que difícilmente encuentren una sanción ante el perjuicio aplicado a sectores comunes, de utilización pública por parte de los vecinos.
Cabe indicar que en el marco de las múltiples pintadas e intervenciones en el espacio público y mobiliario urbano que afectan a la ciudad, desde la Municipalidad de La Plata se convocó a los diversos actores políticos y sociales a reflexionar sobre la importancia del cuidado del patrimonio público de todos los platenses y la violación a las normativas que este tipo de acciones genera.
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Según se detalló, el Código Contravencional enmarca la ordenanza 6.147 en su Capítulo V. La misma expone a través del artículo 122 que:“el que dañare árboles, plantas, flores, sus tutores o arrietes, bancos, asientos, u otros elementos existentes en paseos, parques, plazas, ramblas y demás lugares o bienes del dominio público será sancionado con multa de 10 a 2000 módulos y/o arresto hasta 30 días”.
Del mismo modo, el artículo 139 establece la sanción para aquel que “dañare monumentos, bustos, placas, mástiles, o elementos afines ubicados en paseos, plazas, parques, ramblas, veredas y demás lugares públicos”.
De esta forma, se establece una pena máxima que prevé el arresto de quienes causen daños sobre el patrimonio público de la ciudad, y/o sanciones económicas que van desde los 1.730 pesos hasta 346.000.
Por su parte, la Ordenanza 9.880 del Código de Espacio Público detalla que: “las intervenciones en los espacios públicos deberán potenciar, mantener o recuperar, los valores ambientales y urbanos esenciales y la calidad morfológica ambiental-paisajística de sus componentes”; y advierte que “No se autorizarán aquellas actividades, que conlleven riesgo de deterioro del espacio urbano”.
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