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La cámara que los nuclea (ACARA) cuestiona la forma en que se aplica la carga impositiva. Argumentan que se pone en peligro numerosos comercios y miles de puestos de trabajo
Los concesionarios cuestionan el pago de Ingresos Brutos/WEB
La Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA.), a fin de avanzar con el proceso judicial se notificó en el expediente que tramita ante la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, con la finalidad de determinar la forma de liquidación del Impuesto a los Ingresos Brutos de los autos 0 Km. que comercializa el sector.
Se trata de contar con el aval del máximo tribunal bonaerense con la finalidad que este impuesto se tribute por el margen de la comisión que percibe el concesionario y no, como sucede ahora, sobre el valor total de la unidad, situación esta que pone en peligro la subsistencia de numerosas bocas de expendio y de miles de puestos de trabajo.
Los concesionarios de autos habían conseguido un amparo judicial para no pagar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en las provincias sobre el monto total de sus ventas, sino sobre “el margen comisional”, o sea la diferencia entre el precio de venta al cliente y el valor del auto que viene de las terminales.
Pero en febrero pasado la Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto esa medida cautelar ordenada por la Cámara Federal de Mendoza para los organismos recaudadores de 23 jurisdicciones, por lo cual desde ARBA se dispuso volver a aplicar el impuesto sobre la base impositiva total que es cuestionada por los concesionarios. Además hizo lugar al reclamo por el monto diferencial mientras tuvo vigencia la cautelar.
De todos modos, no está resuelta la cuestión de fondo y queda en un limbo legal si lo que las provincias cobren ahora no tendrán que devolverlo después.
La Sala A de la Cámara Federal de Mendoza había ordenado a los órganos de recaudación tributaria de todas las provincias argentinas que se abstuvieran de determinar el Impuesto a los Ingresos Brutos a los concesionarios de automotores, sobre la base del monto total de las ventas realizadas.
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El fallo tuvo lugar a pedido de Acara, y la causa fue planteada contra ARBA, la agencia de recaudación bonaerense, entre otras, Frente a la Justicia mendocina, la cámara de concesionarios planteó que, a partir de la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, los fiscos provinciales debían abstenerse de determinar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a sus afiliadas, en base al monto total de sus ventas.
La medida cautelar fue concedida el 11 de septiembre de 2015 por la Cámara Federal y contra ella la provincia de Buenos Aires interpuso un recurso extraordinario federal el 26 de noviembre de ese mismo año.
Sin embrago, y pese al tiempo transcurrido, ese planteo no fue resuelto por la Cámara Federal de Mendoza.
En el marco de una presentación realizada por Buenos Aires, la Corte Suprema señaló que la demora indefinida de la cámara en resolver el recurso extraordinario no resulta lícita y obstruye el ejercicio de la jurisdicción por parte de este Tribunal.
Desde Acara, explicaron que en realidad ya llegaron a acuerdos sobre este tema, gracias al paraguas de la cautelar, con 14 provincias, y sólo Buenos Aires y Formosa quedaron en el limbo legal. De allí la necesidad de llegar a los máximos tribunales de justicia bonaerense para dilucidar la cuestión.
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