El gobierno consiguió en el Senado la sanción de la Ley de Reforma Laboral
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Con el impulso del Gobierno y el apoyo de fuerzas aliadas, el Senado convirtió hoy en ley el proyecto de reforma laboral con el impulso del Gobierno con 42 votos a favor, 22 negativos y dos abstenciones.
La iniciativa fue devuelta a la Cámara alta con un solo cambio por parte de la Cámara de Diputados, el del artículo 44, después de que el jueves 19 de febrero se aprobara con 135 votos afirmativos y 115 negativos.
Ahora el Senado debía convalidar la modificación aplicada en la Cámara de Diputados, que establece la eliminación del polémico artículo que reducía hasta un 50% el sueldo a personas con licencias por accidentes o enfermedades graves.
El resto de la reforma laboral se aprobó tal cual llegó del Senado, con artículos controversiales como los que regulan las indemnizaciones y el Fondo de Asistencia Laboral, la supresión de la ultraactividad de convenios colectivos, la restricción de las tutelas sindicales, la limitación del derecho a huelga, la derogación de estatutos profesionales y el desfinanciamiento del INCAA.
¿Qué se cambió en Diputados?
La modificación que concedió el oficialismo fue la eliminación del artículo 44, que reducía los plazos de licencias pagas y el porcentaje de la remuneración. El texto imponía que un empleado que sufriera un accidente o una enfermedad que no estuviera relacionada con su trabajo percibiría el 50% de su salario básico si fuera consecuencia de algo que realizó voluntariamente (por ejemplo, jugar un partido de fútbol).
En tanto, recibiría el 75% si no fuese consecuencia de una actividad voluntaria (por ejemplo, sufrió un accidente en la calle). Por otro lado, obtendría esta compensación durante tres meses si el trabajador no tuviera personas legalmente a su cargo, o durante 6 meses si las tuviera. Durante la sesión extraordinaria de hoy, no había posibilidad de tocar nada y la resolución era bien simple: que el Senado avalase lo de Diputados, o volver a la versión original. Quedó la primera opción.
Bullrich: "Esta ley va a desmontar una de las mayores mentiras de la historia laboral argentina"
“Parecía el Senado un lugar donde se discutían ideas, pero no hemos escuchado más que insultos. Tienen que acostumbrarse que ahora son oposición. Desde nuestro punto de vista, esta ley va a desmontar una de las mayores mentiras de la historia laboral argentina: la idea que destruir empleo es defender derechos, que si la Argentina quiere crear trabajo, tiene que generar un sistema absolutamente inentendible, que hace que nadie contrate a nadie. Es una realidad que viene año tras año. En nombre de trabajadores se mandó a la informalidad a millones de trabajadores, es una estafa moral que nosotros vamos a intentar corregir”, aseveró Bullrich.
La libertaria mencionó la “estructura político sindical que siempre jugó en tándem” y consultó: “¿Cuándo fueron los paros? Contra gobiernos que no eran peronistas, que tenían otra idea“. En ese sentido, recordó la gestión kirchnerista de Alberto Fernández, al que apuntó como “el peor de la historia”. “Ahí no hicieron ni uno”, resaltó la senadora.
“Es la primera oportunidad que no podemos perder. No podemos volver a los planes. ¿Hay algo más precarizado que un plan social? ¿Saben lo que tenían? A un gerente de la pobreza, pero ni jubilación, ni riesgo de trabajo. No tenía, nada, nada, nada. Eso no es tener libertad“, sostuvo Bullrich.
Mayans: “La reforma laboral es una ley repugnantemente gorila hecha por gorilas”
El jefe del bloque Justicialista, José Mayans, cargó fuertemente contra el proyecto de reforma laboral al que calificó como “una ley gorila hecha por gorilas para afectar duramente al trabajador, al jubilado y al pensionado argentino”.
En su discurso de cierre, el formoseño denunció un “tratamiento exprés de una ley que afecta a 20 millones de personas”, y vaticinó que “va derecho al conflicto judicial”.
“Nació mal y termina mal”, indicó, y agregó que “es un proyecto inconsulto, hecho por estudios de abogados de empresarios que están en contra de los derechos de los trabajadores”.
"En síntesis: una ley gorila hecha por gorilas para afectar duramente al trabajador, al jubilado y al pensionado argentino. Eso es lo que estamos tratando acá", arremetió.
Según analizó, “el trabajador solo quiere una vida digna y con esta ley le estamos arruinando esa posibilidad porque no le va a alcanzar el tiempo de su vida para sostener a su familia” ya que “el trabajador sólo tiene su tiempo”.
"Es una ley anti trabajador. ¡Que dejen de mentir! ¡Perjudica terriblemente al trabajador!, protestó.
Al Fondo de Asistencia Laboral, Mayans lo calificó como “un robo a cara descubierta a los jubilados y los pensionados”.
“Y es abiertamente inconstitucional porque vulnera el 14 bis de la Constitución. Esto rompe el principio protectorio”, señaló.
“Esta es una ley repugnantemente gorila”, sentenció Mayans, fulminante.
Capitanich: “La reforma laboral va a precarizar el trabajo y deteriorar el salario”
El senador nacional por Chaco Jorge Capitanich (Justicialista) fue fulminante respecto de los efectos adversos que podría ocasionar la reforma laboral, y alertó que “con este proyecto se está dando un subsidio para que aumente la tasa de desempleo”.
"Queremos discutir un marco en las relaciones laborales que genere condiciones de negociación laboral para los nuevos trabajos surgidos del cambio tecnológico pero con este proyecto lo que estamos dando es un subsidio para que aumente la tasa de desempleo", advirtió el ex gobernador de Chaco durante la sesión en el Senado.
A su juicio, la reforma laboral "va a impactar negativamente" en el empleo, va a "precarizar el trabajo", "generar un deterioro del salario" y "no va a resolver los problemas" que la Argentina "tiene que hacer de cara al mundo".
Recalde: “La reforma laboral es una ley monstruosa, inconstitucional y es obvio que se va a judicializar”
El senador nacional Mariano Recalde (Justicialista) calificó el proyecto de reforma laboral del Gobierno como “una ley monstruosa” por su amplitud y contenido, advirtió que “contiene muchísimas inconsitucionalidades” y afirmó que “es obvio que se va a judicializar”.
Como miembro informante del principal bloque opositor, el legislador kirchnerista ratificó el rechazo del bloque Justicialista porque la versión que volvió al Senado “prácticamente está igual” a la que se había votado originalmente.
El camporista planteó que se trata de una “ley monstruosa” por la cantidad de leyes que modifica y “por su contenido” en sí mismo".
También criticó que se haya traído al recinto “de manera exprés”, con poco debate previo.
“Todas estas cosas se hacen cuando una ley va en contra del pueblo. Cuando una ley es a favor del pueblo no se necesitan trámites irregulares ni trámites exprés”, dijo.
Para Recalde, la reforma del Gobierno “conspira contra la seguridad jurídica que quieren ofrecerle a los inversores”.
“Se pone en jaque la seguridad jurídica cuando se proponen leyes que violan la Constitución. Esto va a generar no solamente más litigiosidad sino además más dudas en los inversores”, auguró.
“Ojalá pronto tengamos más votos para cambiar las leyes y volver a poner las cosas en su lugar”, concluyó Recalde.
El libertario Godoy sobre la reforma laboral: “Es producto de un profundo proceso democrático de debate y negociación”
El senador nacional por Chaco de La Libertad Avanza Juan Cruz Godoy defendió la reforma laboral del Gobierno al sostener que "esta ley es producto de un profundo proceso democrático de debate y negociación”.
Como miembro informante del dictamen del oficialismo, el libertario destacó que la norma introduce "definiciones del salario y de los beneficios del salarios para evitar la alta litigiosidad que tiene nuestro país".
“Se crea el Fondo de Asistencia Laboral como herramienta para dar certezas a los empleadores y a los empleados” por eventuales despidos, puntualizó, según pudo recopilar la Agencia Noticias Argentinas.
“Reconocemos que en nuestro país mas del 70% del trabajo es gracias a las pymes, por eso es importante el RIMI (Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones)”, indicó Godoy.
El chaqueño recordó que “con el RIGI (Régimen de Incentivos a las Grandes Inversiones) se dio un primer paso pero atendiendo a la capacidad de las pymes con generadoras de empleo creemos importante dar incentivos a estas emrpesas para generar más inversión y más empleo”.
También remarcó que la ley contiene la “eliminación de impuestos internos” y “se da un plazo para la renovación de los estatutos profesionales para que se actualicen a la realidad de hoy”.
“Aceptamos muchas modificaciones desde que empezó esto. Creemos que esta es una propuesta mejorada respecto de la propuesta inicial”, valoró.
Por último, Godoy señaló que “esta ley es producto de un profundo proceso democrático de debate y negociación”.
“Nosotros proponemos aceptar los cambios de la cámara revisora que se han hecho en la Cámara de Diputados y pedimos que acompañen en este proyecto de ley para que puedan dar más certeza a los tomadores de decisiones”, remató.
Convenios colectivos: prioridad a los acuerdos colectivos por empresa o región, por encima de los convenios sectoriales o por rama. Se elimina la ultraactividad, es decir, la prórroga automática de los convenios vencidos si no hay acuerdo para firmar uno nuevo.
FAL: asistirá a las empresas con el pago de las indemnizaciones y estará nutrido de contribuciones mensuales obligatorias: las grandes empresas deberán aportar el 1% de las remuneraciones brutas de cada trabajador. En tanto, las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) cederán un 2,5%. Hoy, se destinan a mantener el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), por lo que la medida podría impactar en el financiamiento de las jubilaciones.
Vacaciones: se habilita el fraccionamiento de las vacaciones, siempre que cada tramo no sea menor a siete días corridos. Los descansos deberán concederse entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente. No obstante, empleadores y empleados podrán, en caso de consenso, fijar la fecha de inicio por fuera de ese período. La notificación escrita al trabajador deberá realizarse con al menos 30 días de antelación, salvo que un convenio colectivo disponga otro plazo.
Indemnizaciones por despido: se mantiene el criterio de un mes de sueldo por año de servicio o fracción mayor a tres meses, calculado sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual de los últimos doce meses. Sin embargo, a diferencia de la normativa vigente, se excluyen conceptos no mensuales, como el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo) y premios extraordinarios. El monto máximo no podrá superar tres veces el salario promedio previsto en el convenio colectivo correspondiente y no podrá ser menor al 67% de la remuneración mensual habitual, ni inferior a un mes de sueldo.
Si el trabajador no está amparado por un convenio, se aplicará el tope más favorable del establecimiento. También se contempla el pago en cuotas de las indemnizaciones fijadas por sentencia judicial: hasta seis cuotas mensuales para grandes empresas y hasta 12 para micro, pequeñas y medianas empresas, ajustadas por inflación, más un 3% de interés anual.
Además, se impone que la indemnización será la única reparación por despido sin causa y fija un nuevo esquema de actualización de créditos laborales que contempla el IPC más un 3% anual.
Banco de horas: se permite que el empleador y el trabajador acuerden por escrito la compensación de horas extraordinarias, con un límite de 12 horas por jornada y con el respeto de las 12 horas de descanso. El acuerdo puede prever el uso de horas extra, banco de horas o francos compensatorios y debe respetar los descansos mínimos legales, garantizando la protección de la salud del trabajador. También es posible que estos acuerdos se celebren con la representación sindical.
El sistema habilita a compensar jornadas más extensas en algunos días con otras más breves, siempre que no se exceda el máximo semanal legal o el que marque el convenio colectivo. En materia de jornada reducida, sólo podrá implementarse si así lo prevén leyes, contratos individuales, convenios colectivos o acuerdos firmados con la representación gremial. Estos instrumentos permitirían el cómputo de la jornada máxima sobre promedios, siempre que los descansos legales sean respetados.
Trabajadores de plataforma: se crea la figura del repartidor independiente y se habilita la libertad de formas de contrato. Dicho vínculo no constituye una relación laboral, sino un contrato de servicio independiente.
Derecho a huelga: los servicios declarados esenciales deberán asegurar un funcionamiento del 75%, mientras que la nueva categoría de trascendentales deberán mantener una cobertura del 50%. El listado de servicios esenciales se expande para incluir más actividades, como la educación en sus tres niveles. Además, las asambleas en los lugares de trabajo deberán contar con autorización previa del empleador.
Blanqueo laboral: para regularizar la situación de los trabajadores informales, se eximirá de hasta un 70% de las deudas por aportes y contribuciones a la seguridad social. Por otro lado, el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), reducirá las cargas patronales para empleadores que registren nuevos trabajadores, con un 8% de descuento en los tributos sociales.
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