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RUBÉN SARLO
La detención del dictador venezolano Nicolás Maduro días pasados reactivó una vieja polémica en el mundo: cuál es el papel que hoy juega la Organización de las Naciones Unidas ante hechos similares, que ponen en jaque el derecho internacional y la libre autodeterminación decisoria de los países independientes. Estados Unidos conforma, junto con Rusia, China, Francia y el Reino Unido de manera permanente el Consejo de Seguridad. Allí cada miembro tiene el derecho a veto. En el caso puntual, si se decidiera sancionar a ese país, bastaría su voto en contra para dejar sin efecto cualquier decisión. Analicemos esta realidad.
Luego de la Primera Guerra Mundial se creó la Sociedad de Naciones con el objeto de garantizar la paz mundial. Su gran debilidad fue que careció de mecanismos efectivos de coerción, no tuvo fuerzas armadas propias y dependía de la voluntad de los Estados. Luego que Japón invadiera Manchuria, Italia a Etiopía y se produjera la expansión nazi, el Organismo quedó paralizado y así, en 1945, tras disolverla se creó la actual ONU. ¿De donde proviene el derecho a veto? Para evitar que grandes potencias se retiraran, como sucedió con EEUU que nunca se unió a la vieja Sociedad, a sus nuevos componentes se les otorgó un privilegio estructural, ese derecho dentro del Consejo de Seguridad. Así las cinco potencias vencedoras de la Segunda Guerra quedaron blindadas frente a sus eventuales sanciones.
Hace horas nomás, ese mismo Consejo de Seguridad condenó la agresión militar a Venezuela y llamó a respetar la Carta Orgánica de la ONU, que prohíbe el uso de la fuerza contra la integridad territorial de un Estado. Asimismo, exhortó a que las disputas internacionales se resuelvan por vías diplomáticas y pacíficas. Este panorama ha generado tensiones internacionales y un fuerte debate sobre la legitimidad de las acciones militares externas. ¿Cómo mediará el Organismo actual en la relación entre los EEUU y América Latina? Y aquí aparece la “trampa” en su diseño. El veto bloquea cualquier tipo de sanción, y no puede suplirlo la Asamblea General, que si bien puede condenar la acción no tiene fuerza jurídica. De esta manera, y lo sostengo desde que era estudiante de abogacía (menudos problemas me costó ciertamente) es evidente que el derecho internacional se reafirma en el discurso pero se desarma en la práctica. En términos claros, no existe, es una verdadera “utopía” que se declama pero que no encuentra manera alguna de imponer sus alcances y protección. Es evidente que existió desde el inicio un pacto implícito para que estas potencias conformen sus filas, pero a cambio de inmunidad frente a sanciones. Desde esta perspectiva que parece irreductible, la ONU se visualiza como una institución simbólica, que proyecta una idea de arbitrio global, pero que en la práctica su capacidad para garantizar “justicia universal” está limitada por su propia arquitectura estatutaria. Se trata de mero “cartón pintado” y en el caso puntual contra los EEUU, lo único que podría hacerse es ejercer presión política y diplomática, dictar sanciones unilaterales o colectivas de algunos bloques como la Unión Europea, el Mercosur China, Rusia, etc., que pueden llevar adelante sanciones económicas, comerciales o diplomáticas pero fuera del marco de la ONU. Finalmente, podrían aparecer investigaciones internacionales a través de órganos como el Consejo de Derechos Humanos o la Corte Internacional de Justicia, que pueden abrir procesos por lo sucedido. Pero los hechos están por ahora consumados, sin mecanismo alguno para impedirlos o retractarlos. Así es como está nuestro mundo.
(*) Abogado platense
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