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Argumentaron que afecta los contratos y viola el derecho a la propiedad privada
La Asociación de Generadores de Energía Eléctrica de la República Argentina (AGEERA) rechazó el bono que el ministro de Economía, Luis Caputo, impuso a las empresas del sector para cancelar deudas atrasadas y consideró “inaceptable” que pagos pendientes se condicionen a aceptar esta propuesta.
“Le informamos que nuestros asociados nos han manifestado su rechazo a la modalidad de pago dispuesta”, señala la nota que la entidad le envió al jefe del Palacio de Hacienda para comunicar la posición del sector.
El Gobierno decidió cancelar las deudas de diciembre y marzo con el bono AE38 en dólares cuyo vencimiento es en 2038, pero que a su vez cotiza al 50% de su valor. Esto implica una pérdida similar para las empresas ya que el bono deberá ser aceptado al 100% de su valor.
El monto involucrado en esta operación alcanzaría a los $600.000 millones. Desde febrero los pagos se realizarían con el flujo de caja de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA).
En su nota, AGEERA esgrimió las siguientes razones para rechazar la imposición de Economía:
1) Resulta en una afectación de los derechos contractuales de los Agentes Generadores y una violación a su derecho de propiedad privada.
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2) Impacta en los compromisos financieros asumidos por algunos Generadores con quienes otorgaron financiamiento para desarrollar las inversiones en sus respectivas centrales.
3) Implica una quita adicional en la remuneración de los generadores que venden su energía al Spot en pesos, la cual ya se ha visto desvalorizada fuertemente por la elevada inflación de los últimos meses.
4) Afecta en forma directa los programas de operación, mantenimiento e inversión en generación incrementando innecesariamente el riesgo del sistema eléctrico, en particular a las centrales que venden su energía al Spot, en pesos y a precios desactualizados.
5) Resulta una alteración a contratos adjudicados en procesos licitatorios públicos lo que genera un precedente que desalentará nuevas inversiones, como ya sucedió en el pasado.
6) Compromete la responsabilidad de CAMMESA y del Estado Nacional (Secretaría de Energía), en tanto la misma afectaría derechos adquiridos de los Agentes Generadores los cuales forman parte de su propiedad.
7) Afecta la seguridad jurídica en general, y de manera particular en el MEM, lo cual resulta de extrema gravedad ya que sería la primera oportunidad desde la creación del MEM, en la que la Administración Pública modifica unilateralmente contratos de abastecimiento.
“Respecto de este último punto, es relevante recordar que los PPAs son contratos que se gestaron como un compromiso de CAMMESA en el marco de regímenes de promoción de inversiones en un sector en el cual, a pesar de existir la necesidad de nueva generación, no estaban dadas las condiciones para la inversión privada producto de una señal de precio fuertemente distorsionada por los subsidios”, añadió la entidad.
Asimismo destacó que “una modificación unilateral, tanto en los contratos como en los demás derechos adquiridos, repercutiría fuertemente en el mercado eléctrico y las señales para inversión futura, así como en la credibilidad financiera de las empresas, del mercado y del país”.
“De esta manera, un problema financiero del mercado energético se convertiría en un incumplimiento del Estado Nacional, fuerte signo de falta de seguridad jurídica”, advirtió AGEERA.
Las empresas alertaron además sobre “la situación crítica que están pasando los Agentes Generadores a quienes CAMMESA, sin mediar razón alguna y en una clara violación de ‘Los Procedimientos’, debe la totalidad de las ventas de los meses de diciembre de 2023, enero y febrero de 2024, encontrándose próxima a vencer la transacción de marzo del corriente año”.
AGEERA sostuvo que “resulta de suma gravedad el hecho de que CAMMESA, contando con fondos disponibles provenientes de cobranzas de la demanda y de aporte del Tesoro Nacional no efectuó los pagos correspondientes, lo que representa un grave incumplimiento de sus deberes.
“Si bien se rechaza la Resolución en su totalidad, el hecho de sujetar el pago de febrero (para el cual como se dijo en el párrafo precedente, CAMMESA posee fondos disponibles desde mediados de abril) a la firma de un acuerdo en el cual se acepte el pago en bonos para los montos correspondientes a diciembre y enero (con la quita que ello implica), resulta especialmente inaceptable”, enfatizaron las empresas generadoras.
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