El SMN y el SNMF incluyeron a La Plata y la Región como zona en alerta por los incendios forestales
El SMN y el SNMF incluyeron a La Plata y la Región como zona en alerta por los incendios forestales
Alarma en un barrio de La Plata por los escorpiones: picó a una mujer, que terminó hospitalizada
Inmobiliario y Patente: ARBA definió el calendario de vencimientos y los descuentos vigentes
La Libertad Avanza volvió a impulsar la Boleta Única de Papel en la Provincia
Cuándo y dónde se venden las entradas para el debut de Estudiantes en Copa Argentina
Sana y salva: apareció la adolescente de 14 años que era intensamente buscada en La Plata
Rompieron el silencio las víctimas de los abusos sexuales denunciados en el Senado bonaerense
"Nos casamos": Lali Espósito, Pedro Rosemblat y un anuncio que sorprendió a todos
La confesión “hot” de Cami Homs a días de ser madre con José Sosa: "Dos de siete"
Para aplaudir: el gesto que tuvo Román Gómez con Estudiantes tras su venta millonaria a Brasil
Tras rechazar la oferta inicial, los gremios bonaerenses esperan una nueva convocatoria
El Banco Central hizo la mayor compra de dólares desde la salida del cepo: cayó a $ 1.480 el oficial
VIDEO.- A las trompadas en 7 y 50: siete aprehendidos e investigan si la pelea fue por un robo
VIDEO.- “Sabía que iba a pasar”: se viralizó el beso a la fuerza de Julio Iglesias a Susana Giménez
Alberto Cormillot sufrió un accidente de tránsito: ¿cómo está su salud?
Bastián, el chico herido en una carrera en los médanos de Pinamar, tiene una "evolución estable"
Boca vs Millonarios, abre el 2026 con un homenaje a Miguel Russo: formaciones, hora y TV
Culatazos en la nuca a un joven: el Bosque, otra vez escenario de un violento asalto
Recibió la noticia más esperada: la emoción del ex Chiquititas Diego Mesaglio
Eliminan aranceles a la importación de celulares: ¿bajarán los precios?
Cambio de quincena: restringen desde mañana el tránsito pesado en las rutas hacia la Costa
Ingresaban de contrabando autos de alta gama y luego se los alquilaban a artistas
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
ÁLVARO B. FLORES (*)
Una de las principales manifestaciones que se desprenden del principio republicano de Gobierno, está representada por la publicidad de los actos de gobierno. A través de ella, se permite juzgar la marcha del gobierno de turno, encargado de la realización del bien común. La Constitución Bonaerense, al regular el funcionamiento de las municipalidades, contempló el deber de dar publicidad por la prensa a todos sus actos (art. 193 inc. 1).
Más allá de que tal exigencia ha sido contemporánea al nacimiento de toda República, lo cierto es que el ejercicio del poder ha demostrado una clara tendencia a erosionarla, construyendo diversas barreras al momento de efectivizarla.
La incidencia que poseen los tributos en la vida de los ciudadanos, quienes a su vez participan a nivel municipal en su establecimiento o modificación, da cuenta de la importancia que reviste la publicidad de las normas de índole tributaria. A partir de la difusión adecuada de la clase y tipo de tributos que se crean o modifican, los contribuyentes tendrán la posibilidad de conocer -entre otros aspectos- cuanto le corresponde pagar y cuales serán los hechos imponibles. En la publicidad se plasma el principio de reserva de ley (art. 193 inc. 2, CPBA), cuyos orígenes se remontan a la Carta Magna del año 1215.
El ejercicio del poder ha demostrado una clara tendencia a erosionarla
Más allá de los notables progresos experimentados a nivel tecnológico, lo cual ha permitido extender la publicidad de los actos de gobierno, y su respectivo contralor por la opinión pública y la comunidad, en el ámbito municipal persisten las problemáticas sobre esta cuestión. Lo expuesto se traduce en un mayor grado de incertidumbre de los contribuyentes, y por añadidura, en un aumento de la litigiosidad.
LE PUEDE INTERESAR
Indicadores
LE PUEDE INTERESAR
Humor económico
Lamentablemente, el acceso al contenido de las Ordenanzas municipales, ha sido un inconveniente reiterado en la práctica profesional. Resultaba una labor sumamente dificultosa obtener el texto de las normas municipales, no solamente para los litigantes, sino para el propio Poder Judicial, el cual requería a los respectivos Municipios la acreditación en juicio de su contenido.
Ante esta coyuntura, en el año 2013 a través de la reforma de la Ley Orgánica Municipal a través de la Ley 14.491, se estableció la obligatoriedad del Boletín Oficial Municipal, disponiendo que el mismo se incorpore en la página Web oficial del Municipio, sin restricciones. Sin embargo, esta importante modificación no se tradujo en una mejora de la situación antes descripta, persistiendo la conflictividad cuando se discuten deudas de origen tributario.
El problema que se presenta en la actualidad reside en determinar si la difusión en el sitio Web oficial es suficiente para satisfacer las exigencias en materia de publicidad, y a todo evento, como puede acreditarse este extremo en un pleito judicial. Como punto de partida, ha sido la Corte Nacional, quien sostuvo que la publicidad representa un acto requerido para la satisfactoria divulgación y certeza sobra la autenticidad de la Ordenanza (Fallos 335:1459). Sentada la relevancia que le corresponde a la difusión del contenido de la norma, la cuestión reside en determinar cual es el modo en el cual podría canalizarse.
En este sentido, el criterio de la Suprema Corte de Justicia Bonaerense determinó que las ordenanzas que crean cualquier especie tributaria en el ámbito territorial del municipio, deben necesariamente llegar a conocimiento de los obligados al pago, por un medio razonable (SCBA, causas C. 119.866, C. 120.594, entre muchas otras). En la práctica, esta aparente laxitud de la jurisprudencia no se configura de ningún modo. Así las cosas, la representación municipal tendrá la carga de acreditar la publicación en el Boletín Oficial de las ordenanzas en que basa la deuda que pretende ejecutar al contribuyente. Si se pretendiera invocar la divulgación en el sitio Web, se deberán acreditar -cuanto menos- la autenticidad de los textos, las fechas de publicación y su permanencia en el tiempo durante los períodos fiscales se pretendan reclamar (conf. SCBA, causa C. 118.694)
La deficiencia de publicidad acarrea la admisión de la excepción de inhabilidad de título, partiendo de la premisa de que la ordenanza fiscal o impositiva le resulta inoponible, ya que hace a la existencia misma de la deuda. Una sentencia reciente de la CSJN (“Mun. de Junín c/ Akapol”, del 22/12/2020), volvió a recordar la trascendencia del requisito de publicidad, intimando a que la Suprema Corte local examine si la difusión de las ordenanzas fiscales en el sitio web oficial cumple el estándar de la adecuada divulgación.
Por lo tanto, el ejercicio del poder tributario municipal se vería resentido en caso de configurarse alguna de las vicisitudes señaladas con antelación, en referencia a la publicidad de las normas tributarias. Esto genera la necesidad de una profesionalización constante de las autoridades municipales, a fin de asegurar la normal percepción de sus tributos.
(*) Abogado Asociación Bonaerense de Estudios Fiscales
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$690/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6470
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$530/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $4190
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2026 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí