

VIDEO.- Espert se quebró y rompió el llanto en vivo al hablar del escándalo
Videos y fotos.- En un emotivo acto, se inauguró la nueva sede y el Polideportivo Club Tricolores
La fe de El Barba: el DT Pincha participó de la caminata a Luján
Revuelo en un colegio católico de La Plata por el precio de la cuota
VIDEO. Una multitud caminó hasta Luján en otra histórica procesión
VIDEO.- Milei tuvo que levantar su recorrida en Santa Fe en medio de empujones, insultos y huevazos
Los Tilos se impuso ante San Luis y festejó en otra edición del clásico del rugby en La Plata
Chau veranito: tras la lluvia, anticipan una "bomba de frío" que barrerá el calor
Calor de verano este sábado en La Plata a la espera de la tormenta: ¿a qué hora llega la lluvia?
Plaza Moreno, escenario de una nueva edición de Sabores Bonaerenses
Mauricio Macri calificó como “positiva” su reunión con Javier Milei y pidió reformas estructurales
VIDEO.- La bronca de Colapinto, que espera sanciones: "Estoy caliente, me molestaron mucho"
“Apenas toma agua”: la huelga de hambre de Morena Rial en la cárcel de Magdalena
"Tierras raras" a 300 kilómetros de La Plata: la UNLP estudia minerales estratégicos en la Provincia
¿Llega la paz? Entre las advertencias y la esperanza en Gaza
La madre argentina de dos rehenes israelíes que se aferra a la esperanza tras dos años de calvario
La Justicia falló a favor de los carpinchos, que ganan una pulseada en Nordelta
NINI mayorista, una gran experiencia: fin de semana con estas ofertas
Celular 5G, TV Led y un metegol: EL DIA premia a sus suscriptores con sorteos imperdibles
VIDEO. Comerciantes y vecinos en vilo por la inseguridad en Los Hornos
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Por Alejandro Cacace (*)
La movilidad jubilatoria es un derecho constitucional, establecido en el histórico artículo 14 bis de la Constitución Nacional, y como tal, debe ser reglamentado por una ley del Congreso. Así también lo ha entendido la Corte Suprema, que ha sentado el principio que debe haber un índice de movilidad fijado por ley. Esa ley debe darle previsibilidad a los jubilados sobre cómo será su haber. A fines de 2019, sin embargo, el gobierno, mediante la ley de emergencia 27.541 suspendió la fórmula de movilidad jubilatoria establecida en 2017 y habilitó que los incrementos a los haberes previsionales se fijen discrecionalmente por el Poder Ejecutivo.
Los decretos del presidente Alberto Fernández le han causado un perjuicio a los jubilados. En efecto, con la fórmula de movilidad suspendida en junio les hubiera correspondido un incremento a los jubilados de 10,9%, casi el doble que el aumento fijado por decreto de 6,12%.
Mientras que la mínima llegará ahora $16.864, con la Ley de Movilidad esta hubiera sido de $17.405. Quien cobraba en febrero de este año un haber de $20.000, recibirá cerca de $1.440 pesos menos y quien cobraba $50.000 percibirá aproximadamente $6.000 menos por mes de lo que les hubiera correspondido por ley. Estas pérdidas se van incrementando hasta llegar al haber máximo a febrero de 2020, que era de 103.000, que recibirán $14.000 menos por mes desde junio. De esa forma, un jubilado puede llegar a perder hasta $100.000 pesos en el año.
De acuerdo a un reciente informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF), el gobierno ahorrará 34.000 millones de pesos entre enero y agosto por los decretos de aumento, destacando que si bien esta discrecionalidad perjudica el poder de compra de los jubilados, desde la política fiscal permite reducir el gasto. Allí se encuentra la verdadera razón para suspender la fórmula de movilidad establecida en la ley, y no, como argumentó el gobierno cuando impulsó la ley de emergencia, en mejorar la situación de los jubilados y proteger a los más vulnerables.
Hoy en día tenemos por delante el debate que se dará en la comisión creada por la Ley 27.541 para modificar la movilidad jubilatoria. Creemos que hasta que ese debate se produzca y se establezca por ley una nueva fórmula que garantice los derechos previstos en el artículo 14 bis, debe regir la ley actual. No puede admitirse una nueva prórroga de la suspensión que siga avalando la arbitrariedad en materia previsional.
(*) Diputado nacional por la UCR (San Luis) en Juntos por el Cambio, integrante de la comisión de Previsión Social de la Cámara baja y de la especial para crear un nuevo índice de actualización de los haberes previsionales.
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$690/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6470
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$530/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $4190
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2025 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí