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Ayer la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió mediante sus resoluciones publicadas en el Boletín Oficial una serie de suplementos dietarios., Es por eso que hoy publicó en su página web qué son estos alimentarios y brindó recomendaciones acerca de estos medicamentos que son utilizados por las personas en algunas ocasiones.
“Son productos especialmente formulados y destinados a suplementar la incorporación de nutrientes en la dieta de personas sanas, que presentan necesidades dietarias básicas no satisfechas o mayores a las habituales. Contienen algunos de los siguientes nutrientes: proteínas, lípidos, aminoácidos, glúcidos o carbohidratos, vitaminas, minerales, fibra dietaria y hierbas”, asegura la Anmat y agrega que “una dieta completa y equilibrada debe proveer todos los nutrientes necesarios para el mantenimiento de las funciones fisiológicas del organismo”. Por ello es que los suplementos -afirma- sólo pueden consumirse en determinadas circunstancias y para personas que realmente lo requieran.
En la nota, el organismo que tiene a Manuel Limeres como titular, manifiesta que los suplementos dietarios pueden presentarse en forma de tabletas, cápsulas, comprimidos, polvos, gotas, etc., y “no deben ser confundidos con los medicamentos porque, a diferencia de éstos, se encuentran destinados a personas sanas y no deben ser consumidos con la esperanza de mitigar, curar o tratar alguna dolencia”.
Cabe recordar que ayer el organismo prohibió mediante la disposición 168/2020 al producto rotulado como “Suplemento dietario a base de vitaminas y minerales “Lauria Arnicaps”, RNPA Expte. N° 4117-106260/18 elaborado para Laboratorio Merlino S.C – RNE N° 02-035075”. La medida de la Anmat se basa en que contiene en su composición una hierba no autorizada para utilizarse en suplementos dietarios. Además, comprobaron que está falsamente rotulado.
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