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La Justicia Federal desestimó el pedido de la familia de Ian Moche, el platense de 12 años con autismo, que solicitó que se eliminara el posteo del presidente Milei en su contra. En primera instancia, el juez Alberto Recondo falló a favor de la libertad de expresión del mandatario, indicando que este tiene derecho a manifestarse "como ciudadano".
En su fallo, Recondo explicó que no corresponde ordenar la eliminación del mensaje ni prohibir futuras publicaciones del presidente. "No habré de hacer lugar a la orden de supresión del referido tuit, como tampoco a la prohibición futura que se pretende", destacó en su resolución.
El magistrado adoptó los argumentos presentados por la defensa de Milei, señalando que, aunque el mensaje fue publicado desde una cuenta verificada con la tilde gris, no se trata de una cuenta institucional, sino de un espacio donde el presidente también puede expresarse como persona privada.
En este sentido, citó la jurisprudencia de la Corte Suprema de los Estados Unidos, que subraya que los funcionarios públicos no pierden sus derechos ciudadanos al asumir un cargo. Recondo enfatizó que, aunque los funcionarios puedan actuar en nombre del Estado, siguen siendo ciudadanos con derechos fundamentales, entre ellos, la libertad de expresión.
En cuanto al tuit en cuestión, el juez subrayó que este fue un "posteo en la plataforma X", una red social caracterizada por la informalidad en sus publicaciones. Según Recondo, este tipo de mensajes no puede interpretarse como un "acto estatal" ni como una "comunicación oficial" del gobierno.
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