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Las prestadoras sólo podrán aplicar un incremento de hasta un 5%
El Gobierno dio luz verde para que las empresas de Internet y telefonía aumenten el precio de los servicios que brindan.
A través de la Resolución 1466/20 El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) "autorizó a partir del 1º de enero del corriente año que los licenciatarios de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) que presten servicios de Acceso a Internet; de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico, radioeléctrico o satelital; de Telefonía Fija y de Comunicaciones Móviles - todos con sus distintas y respectivas modalidades - podrán incrementar el valor de sus precios minoristas, sólo hasta un 5%", mientras que "para el caso de los licenciatarios de PyMEs y Cooperativas que no hubiesen aumentado durante todo el año 2020, podrán aumentar hasta un 8% por los servicios prestados".
El ENACOM admitió que hubo empresas que emitieron facturas con incrementos superiores a los autorizados previo a la resolución, por lo que aquellos usuarios que hayan recibido la factura con una suba mayor a la permitida podrán exigirle a la empresa la refacturación con el importe correcto contemplando el aumento autorizado antes de abonarla o pagar el importe facturado y la empresa deberá reintegrar la diferencia a través de una nota de crédito en la factura siguiente.
"Con esta reglamentación, se busca establecer un acceso equilibrado, asequible y de calidad a los servicios TIC, garantizando el derecho humano a la comunicación, tal como fue establecido por la regulación publicada en el Boletín Oficial y comunicado de manera pública oportunamente", señala el comunicado.
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